EL MUNDO – 26/09/14
· Contra el criterio de la Fiscalía y con los informes forenses indicando que no hay «pronóstico negativo» ni inconveniente para seguir tratándole en prisión.
Así quedó en libertad el miércoles por la tarde el etarra enfermo de cáncer Ventura Tomé, después de que la Audiencia Nacional acordara suspender la ejecución de su condena a 17 años de cárcel, que expiraba en 2028.
Tomé, que ya había cumplido condena en Francia por pertenecer a ETA, fue detenido en 2011 para cumplir 17 años de cárcel por varios atentados con explosivos en Navarra y Zaragoza. El miércoles por la tarde, el tribunal que dictó esa condena firmó la suspensión de la ejecución, tal y como el etarra había solicitado en marzo alegando varios problemas médicos, principalmente cáncer de próstata y de pulmón.
Como en el caso Bolinaga, Tomé ha logrado la libertad pese a la oposición de la Fiscalía y con informes desfavorables del Instituto de Medicina Legal. Esta vez, sin embargo, no ha intervenido el Ministerio del Interior, porque la solicitud no ha ido por la vía penitenciaria –que se ocupa de peticiones de tercer grado o libertad condicional–, sino directamente al tribunal que dictó su condena, para que la suspendiera.
El pasado abril, un mes después de presentada la solicitud, los forenses de la Audiencia emitieron su primer informe. Se centraba en los dos carcinomas, ante la falta de relevancia del resto de problemas médicos. El de próstata, decían, estaba «en fase de remisión»; el de pulmón, aún «en fase de tratamiento». No se pronunciaron sobre la tasa de supervivencia porque no contaban «con informes médicos posteriores a la intervención quirúrgica» a la que había sido sometido.
Ante ese informe poco favorable a sus pretensiones, en junio el etarra presentó un dictamen del Complejo Hospitalario de Navarra. El escrito reconocía que la operación permitía pensar en «una esperanza de supervivencia algo por encima de la media», pero resaltaba que el pronóstico vital era «en el mejor de los casos, incierto, con el riesgo siempre presente de progresión de la enfermedad y muerte asociada».
Dos semanas más tarde, los forenses de la Audiencia emitían un segundo informe, éste particularmente rotundo: «En el momento actual existen elementos terapéuticos para paliar la situación de forma satisfactoria. El estado del paciente no es precario a causa de la enfermedad y no existe un pronóstico negativo para un corto espacio de tiempo (6-8 meses)».
El último informe médico llegó del servicio de Oncología del Hospital de Murcia, donde Tomé había sido operado. Tampoco respaldaba la excarcelación. Muy al contrario, explicaba que el etarra estaba en condiciones de recibir el alta hospitalaria y que tanto el seguimiento médico como el tratamiento que pudiera llegar a necesitar «pueden realizarse en el régimen actual que se encuentra el paciente (preso enfermo) sin comprometer la eficacia». No había, pues, objeciones médicas a que siguiera en la cárcel.
Junto a las valoraciones forenses, la Sección Tercera recibió también la preceptiva opinión de la Fiscalía de la Audiencia: se oponía a suspender la condena al etarra al estimar, según resume el auto de excarcelación, que «no resulta acreditado que la estancia en prisión sea determinante de una disminución de las expectativas de vida».
Pese a todo, los magistrados Alfonso Guevara (presidente), Guillermo Ruiz Polanco (ponente de la resolución) y Fermín Echarri acordaron la excarcelación inmediata de Tomé, de 60 años, al que las cámaras grabaron el miércoles por la tarde saliendo de la prisión de Murcia.
La Sección Tercera apoya su decisión en un razonamiento que otra sección, la Primera, empleó para conceder la libertad condicional a Bolinaga: que la ley sólo exige estar ante «una enfermedad muy grave con padecimientos incurables». No es necesario que el enfermo se encuentre en situación terminal, basta con que el peligro para la vida «sea patente». Y ese, dicen, es el caso de Ventura Tomé.
El tribunal se apoya igualmente en una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que también se alegó para conceder la libertad condicional a Bolinaga. En ella, el TC afirma que la excarcelación no garantiza «la sanidad de un mal incurable», pero sí permite una mejoría «por el cambio de ambiente», debido a la «unidad psicosomática del ser humano».
De nuevo esos criterios «son aplicables al caso» de Tomé, dicen los magistrados de la Audiencia. «No puede descartarse en modo alguno que la estancia en un establecimiento carcelario pueda incidir desfavorablemente en la evolución de la patología», indica el auto.
Y respondiendo a los forenses de la Audiencia, la resolución añade que «carece de relevancia tanto la precariedad del estado del paciente cuanto la inexistencia de un pronóstico negativo para un corto periodo, no procediendo por tanto valorar la existencia o no de un riesgo de muerte inminente».
EL MUNDO – 26/09/14