ABC 05/07/17
· JpS y la CUP aprobarán la «ley de referéndum de autodeterminación» que fija «un régimen jurídico excepcional» y declara Cataluña como «soberana»
· Declaración
El Parlamento de Cataluña podría declarar la secesión 48 horas después del recuento final de los votos
· Garantías
El proyecto de ley no fija una participación mínima para que su resultado sea vinculante
Un «proceso constituyente» en toda regla. Así definió Anna Gabriel, portavoz de la CUP en el Parlamento de Cataluña, la «ley de referéndum de autodeterminación» durante la presentación de la norma con la que la Generalitat convocará a los ciudadanos a una consulta ilegal el próximo 1 de octubre.
El proyecto de ley, trabajado desde el mes de junio de 2016 en secreto, se presentó ayer en dos actos, uno en el salón de actos del Parlamento de Cataluña –para los diputados autonómicos– y otro, protagonizado por el gobierno autonómico, en el Teatro Nacional –para el público e invitados–.
El texto (34 artículos, una disposición adicional y dos disposiciones finales), pactado entre PDECat, ERC y la CUP, cuya aprobación está prevista para finales de agosto, establece «un régimen jurídico excepcional» desde el momento en que entre en vigor y hasta el 1-O. Así consta en el artículo 3, que además declara al pueblo de Cataluña como «soberano» y al Parlamento autonómico como «representante de la soberanía».
Previamente, en la exposición de motivos, se hace referencia a los tratados internacionales aprobados por España para señalar que estos «reconocen el derecho de los pueblos a la autodeterminación» de las naciones. Un término, el de «nación», por cierto, que no aparece explícitamente en el proyecto de ley, pero sí está implícito cuando se citan las resoluciones aprobadas en el Parlamento catalán –algunas tumbadas por el Tribunal Constitucional (TC)– en este sentido.
La URSS y Yugoslavia
Todavía en este preámbulo, presentado en público por Benet Salellas (CUP), se recuerda que la justicia internacional ha permitido el ejercicio del derecho a la autodeterminación «durante la segunda mitad del siglo XX», más allá de una aplicación en colonias. Es decir, una mención, sin citarlos, a la URSS y a Yugoslavia.
De la misma manera, los proponentes consideran esta ley como «un acto de soberanía» y así lo mencionan, acusando al TC de haber «roto» el pacto constitucional con la sentencia de 2010 del Estatuto, que lo ajustó a la ley.
El texto normativo, básicamente, establece el marco jurídico y técnico para la celebración del anunciado referéndum, sin dejar al albur cuestiones tan relevantes como la pregunta y la fecha y que el resultado «tendrá carácter vinculante», sin establecer mínimos de participación ni de aceptación. Es decir, si hay más votos afirmativos que negativos, «implica la independencia de Cataluña», que se declarará dos días después de la validación del resultado, y si es al revés, «convocatoria inmediata de unas elecciones autonómicas».
El artículo 9 establece que el referéndum se celebrará tras la firma de un «decreto de convocatoria», si bien no especifica que esta firma tenga que ser la del presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, por lo que deja la puerta abierta a que, como exige el mismo presidente autonómico, se lleve a cabo mediante una firma conjunta de todos los consejeros.
Obligaciones ciudadanas
Sobre el papel, se creará una Sindicatura Electoral de Cataluña, que tendrá las funciones de junta electoral. La formarán cinco personas, expertos juristas, pero pudiendo ser también politólogos. Los elegirá el Parlamento autonómico por mayoría, por lo que con los votos de Junts pel Sí (JpS) y la CUP será suficiente. Además, entre sus funciones tendrá las de «validar el censo electoral», cuya elaboración corresponde a la Generalitat, y «acreditará a los observadores internacionales».
Por otro lado, el artículo 30 del proyecto de ley incluye la obligatoriedad de los ayuntamientos a que pongan «a disposición» de la administración electoral –formada por la Generalitat– «los locales de su titularidad que se utilizan habitualmente como centros de votación» en otras citas. Si no lo hacen, será trabajo de la Generalitat habilitar «locales alternativos».
De la misma manera, la «ley del referéndum de autodeterminación» fija deberes a los ciudadanos. Todos están obligados a formar parte de las mesas electorales, que se configurarán «por sorteo público».
Sin embargo, conscientes de que esta llamada tiene riesgos, la norma señala que si no se pueden constitutir las mesas porque no se presenta nadie, será la Sindicatura Electoral de cada demarcación (cuatro en toda Cataluña) la que «designará inmediatamente las personas que han de constituir la mesa» de entre las que hayan acudido a votar y figuren en el censo. Un censo al que no es necesaria la «autorización previa por parte del ciudadano» (artículo 34.4)
La presentación del texto ante la prensa –por la mañana– estuvo capitalizada por la CUP, cuyos representantes defendieron que la norma es «un acto de desobediencia» y solo supondrá el primer paso «para abrir la cerradura de todos los pomos». Como dato a tener en cuenta, a esta presentación acudieron tres diputados autonómicos de Podem –que forman parte de CSQP–.
En el acto público –por la tarde–, no se dudó en corear al unísono cánticos de «independencia», pese a que se instó a «los del no» a acudir a las urnas, e intervinieron Puigdemont y Junqueras, que criticaron al Gobierno y «garantizaron» que el 1-O se votará.