ARCADI ESPADA-EL MUNDO

Nadie deberá negarle al abogado Van den Eynde coherencia hasta el instante final. Llegó diciendo que venía a participar en un juicio político y ayer se marchó confirmando que había participado en un juicio político. Su alegato estuvo basado en dos afirmaciones extraordinarias. La primera, que declarar la independencia no es delito. Lo dijo pocos minutos antes de las once de la mañana. La segunda, que a los acusados se les ha aplicado el llamado «Derecho Penal del Enemigo». Esta expresión, que acuñó en 1985 un jurista alemán (Jakobs), tiene un núcleo que explica así la Wikipedia: se castiga al autor «no por el hecho delictivo cometido, sino por el hecho de considerarlo peligroso». La construcción argumentativa del abogado de Junqueras vinculó ese enemigo a una causa general contra el independentismo. De modo que, así planteada, no tuvo Van den Eynde ninguna necesidad de remitirse a los hechos. Sí pasó por un cierto momento de peligro cuando describió la actividad de la muchedumbre en el 1 de octubre. Pero lo solucionó rápido:

– La gente no fue a parar a la Policía, sino que la Policía fue a parar a la gente.

Y así, con semejante comodidad cognitiva, se deslizó hasta su enorme frase final.

– Estamos ahí, con la mano tendida para solucionar este conflicto. Y eso es lo que esta sentencia tendría que ser. Espero haberles ayudado a hacer la mejor de las sentencias, pero sobre todo la sentencia que resuelva conflictos, porque eso es el valor más honesto y más noble de la Administración de Justicia.

En las manos de los jueces ya no está la fijación de la verdad y la evaluación de las conductas. Está la resolución de conflictos. El Derecho Penal del Amigo (Van den Eynde, 2019). Pero hay un fondo de coherencia: dado que este es un juicio político, el Tribunal puede prescindir de los hechos y decretar la absolución irrevocablemente política. Esta es la defensa que han tenido dos hombres que pueden pasar 25 años en la cárcel, catalana, eso sí.

Nada más abrir la boca el abogado, Melero, dijo que el Derecho Penal (a secas) era competente para «dar respuesta a lo que aquí se ha planteado» y mandó la política a su lugar, que es el de hacer puñetas. Previa y convenientemente masajeado el fiscal Zaragoza y su «brillante informe», fue a por él y su mención de Kelsen y el golpe de Estado. Le reprochó que hubiera usado una banalidad (ciertamente, lo que dijo Zaragoza que Kelsen dijo es una banalidad: «El golpe de Estado es la sustitución de un ordenamiento jurídico por otro ordenamiento jurídico») y le atribuyó, además, un juicio de intenciones: Zaragoza habría citado a Kelsen por el útil eco nazi que tendría la peripecia del jurista austríaco, que huyó de Alemania en 1933. De modo que Melero lo acusó de practicar la falacia reductio ad Hitlerum. Una reductio inversa, en todo caso: si Kelsen huyó de los nazis todo lo que diga Kelsen es oro en barra. El abogado no se paró ahí y pasó a Godwin: en el momento en que alguien cita a los nazis la conversación se liquida. Así creía haber liquidado a Zaragoza. Pero le acabó saliendo Pirra la cosa cuando después, y para criticar los retorcimientos del concepto violencia que habían practicado los fiscales, aludió a los sangrientos pronunciamientos españoles y al último y principal. Reductio ad Francum.

Lo interesante, sin embargo, estaba a punto de llegar. Fue realmente glorioso. Ya conocíamos las tesis de Melero sobre la nula responsabilidad en los hechos del transeúnte Forn. Conocíamos también los problemas de que adjudique responsabilidad política al dispositivo de la Policía y la Guardia Civil (esos pobres policías enviados al matadero) y la niegue al que organizaron los Mossos (a mí no me importa si el dispositivo fue bueno o malo o regular, los mossos que lo hicieron sabrán). Pero todo eso no eran más que preparaciones de su explosión baudrillardiana de ayer. Excelentísimo, vino a decirle a Marchena, que le miraba con interés: el Proceso no ha tenido lugar. Ni se declaró la independencia, ni se proclamó la República, ni se arrió la bandera. Y se acató sin rechistar el 155. «Soy consciente de que a alguien puede molestarle esta versión de los hechos. Pero esto es lo que ocurrió». Es decir, fue tan posmo (tan poshmo) y tan líquido el Proceso que hasta el propio hecho se disolvió .

Van den Eynde dijo: «El delito no tuvo lugar». Melero dijo: «No tuvo lugar el delito». Uno pidió del Estado renuncia. El otro, gracia.