EL MUNDO – 22/10/14
· La Abogacía del Estado denuncia al TC las comisiones de seguimiento de la consulta.
La Abogacía del Estado ha promovido en el Tribunal Constitucional dos nuevos incidentes de ejecución contra los pasos dados por Artur Mas respecto a la consulta independentista del 9-N. Tras haber denunciado la constitución de la comisión de control (la junta electoral de la consulta), el defensor jurídico del Estado ha sometido al TC lo que considera un «nuevo incumplimiento» de la suspensión cautelar de la Ley de Consultas y de la convocatoria del 9-N, en referencia al decreto de nombramiento de las comisiones de seguimiento. Estos órganos se encargan de garantizar el cumplimiento de la normativa específica de la consulta en los distintos territorios de Cataluña y de aplicar los criterios interpretativos de la comisión de control.
«El M. H. [molt honorable] presidente de la Generalitat incumple de manera clara y reiterada» la suspensión acordada por el Constitucional el 29 de septiembre, afirma la Abogacía del Estado en dos nuevos escritos, uno presentado en el marco de la impugnación del decreto del 9-N y otro en el recurso contra la Ley catalana de Consultas. En ambos incidentes se pide al TC que anule el nombramiento de los miembros de las siete comisiones de seguimiento designadas en un decreto de Mas del pasado día 6.
La Abogacía del Estado considera que ese decreto «utiliza unos términos indudablemente prescriptivos (‘decreto nombrar’) y no sometidos a condición alguna para su eficacia».
«Tampoco puede considerarse la decisión como un acto debido, consecuencia de la propuesta de la comisión de control, que es, además, un acto claramente ilegal», añade, «El presidente de la Generalitat lo que debe ante todo es cumplir con la legalidad vigente», que es «cumplir las decisiones del Tribunal y de la propia Constitución».
El tono empleado por la Abogacía del Estado sube de nivel en otro escrito presentado el pasado jueves y en el que contesta a la petición del Parlament de Cataluña de que se levante la suspensión que pesa sobre la Ley de Consultas. Para el abogado del Estado, alzar la medida cautelar causaría «indudables perjuicios al interés general», especialmente ante la «inédita situación de incumplimiento de las resoluciones del TC».
El escrito enumera nueve «gravísimas situaciones de hecho» que se han sucedido al amparo de la Ley de Consultas: desde la convocatoria del 9-N el mismo día de la publicación de la ley impugnada hasta la creación de un fichero de datos personales para conformar un registro de participación en consultas, la constitución y funcionamiento de la junta electoral y la designación de las comisiones de seguimiento.
La vigencia de la Ley de Consultas produciría una «notable, frontal y evidente afectación al interés general», sostiene el abogado del Estado, porque es «la coartada y la apariencia de legalidad que pretende darse a una consulta sobre la independencia de Cataluña del resto de España. Una y otra, ley y consulta, son las dos caras de una misma moneda, la formalidad con la que el Parlamento y la Generalitat bordean la Constitución para cubrir estérilmente de constitucional una consulta abiertamente inconstitucional».
El escrito resalta que «la unidad de la Nación y la integridad de la soberanía nacional no son meros valores constitucionales o principios generales del Derecho, son fundamentos de la Constitución. Su mantenimiento es interés supremo y prioritario del Estado, pues constituyen piedra angular del sistema jurídico, político e institucional de España». Para la Abogacía del Estado, la sola vigencia de una ley que «ampara un referéndum sobre la independencia de Cataluña» produciría una «lesión tan evidente y cualificada a la primacía de la Constitución y al sistema de garantías diseñado para asegurarla que devendría en un perjuicio de imposible reparación».
EL MUNDO – 22/10/14