JOSÉ ANTONIO ZARZALEJOS-El Confidencial

El pacto del destierro consiste en que Juan Carlos I autorice la información de su localización que conoce el Rey, el presidente del Gobierno y, al menos, tres ministros

Los dirigentes de Podemos y del secesionismo catalán calificaron la expatriación punitiva de Juan Carlos I como una “huida” del rey emérito que, además, se habría “fugado” ante la previsible acción de la justicia. En absoluto. Su extrañamiento lo decidió Felipe VI, lo aceptó su padre y la operación en su conjunto fue avalada por el presidente del Gobierno sin cuyo visto bueno no hubiera podido ejecutarse.

La nuestra es una monarquía parlamentaria y las decisiones con relevancia política que tome el Jefe del Estado, aunque sean discrecionales y de índole familiar como en este caso, deben ser validadas por el jefe del Ejecutivo. Nada hay normado al respecto, pero este proceder lo dicta el correcto funcionamiento institucional.

El Rey, Pedro Sánchez, Carmen Calvo el ministro del Interior, la de Exteriores y el Jefe de la Casa de Felipe VI, Jaime Alfonsín, saben dónde está Juan Carlos I. No han dejado de saberlo en ningún momento. Este miércoles, en los jardines de Marivent, el presidente volvió a reiterar que sus conversaciones con el Jefe del Estado son confidenciales y que sobre el paradero del rey emérito se pronunciarán los servicios correspondientes de la Zarzuela. Desde donde se reitera el mensaje de que se comunicará la localización de Juan Carlos I una vez este lo autorice.

Se confía en que los plazos para dar noticia de su paradero serán razonables y, en todo caso, anteriores al inicio del nuevo período de sesiones del Congreso y del Senado. El padre del Rey viaja con una escolta integrada por cuatro miembros de la Guardia Real que pertenecen a la Guardia Civil. Dependen orgánicamente de la Zarzuela pero funcionalmente del Ministerio del Interior. Cuyo titular confirmó el pasado martes la cobertura oficial de seguridad que protege al que fuera Jefe del Estado. Le acompaña también un asistente personal.

El extrañamiento de Juan Carlos I ha sido una decisión de Estado, de profundo calado político y de honda significación institucional para la Corona. El presidente del Gobierno se ha comportado en este trance tan delicado como debía: con corrección jurídica y con discreción política. El práctico destierro del padre del Rey ha sido una determinación de Felipe VI, ha tenido carácter punitivo porque sanciona conductas irregulares sin prejuzgar otras responsabilidades y distancia a la Corona de la erosión que le procuraba la figura de un monarca abdicado que, por otra parte, tantos méritos ha contraído durante sus muchos años de gestión.

La historia, con la perspectiva que requiere de tiempo e información, relatará su trayectoria completa con una ecuanimidad que ahora no parece posible. De momento, lo que procede es lo que han acordado el Rey y el Jefe del Gobierno con la aceptación –si bien renuente- de Juan Carlos I. Media un pacto y se han establecido las prevenciones necesarias para que no surjan imprevistos indeseables.

La transparencia exigible en un sistema democrático requiere que los ciudadanos conozcan el paradero del rey emérito. Sin embargo, se han deslizado algunas inexactitudes muy serias a la hora de dimensionar el papel institucional del padre del Rey. Juan Carlos I, tras su renuncia, carece de relevancia jurídico-constitucional, su título y tratamiento son honoríficos y revocables por Real Decreto del Consejo de Ministros. Forma parte de la familia real, pero no está en la línea de sucesión.

El artículo 57.1 de la Constitución la establece en sus sucesores y ni siquiera le atribuye una eventual regencia que el artículo 59 de ese texto la prevé en la persona del “padre o la madre del Rey” y en su defecto del “pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona según el orden establecido en la Constitución”.

Cierto es que en la historia de España se da un episodio extraño. Felipe V abdicó el 14 de enero de 1724 en su hijo Luis I, su primogénito y Príncipe de Asturias. El 31 de agosto fallecía el nuevo rey y su padre retomó la Corona el 7 de septiembre de ese azaroso año. Pero no sin debate jurídico y en medio de una enorme confusión política que resolvió malamente el Consejo de Castilla con un dictamen tachando de inexistente la renuncia anterior, o, en todo caso, sin que ninguna otra persona tuviera mejor derecho que Felipe V.

Los demás reyes que abdicaron, voluntariamente o por derrocamiento, tanto Austrias como Borbones, ni regresaron al trono, ni estuvieron en la línea de sucesión: Carlos I de España y V de Alemania (1556); y obviamente, Isabel II (1870), Amadeo de Saboya (1873) y Alfonso XIII (1931). La abdicación de Carlos IV y de Fernando VII (1808) en Bayona a favor de Napoleón Bonaparte fue una renuncia bajo coacción que permitió el breve reinado del hermano del emperador, José I (1808-1813).

Desde la perspectiva jurídico-constitucional Juan Carlos I es un ciudadano sin responsabilidades políticas ni institucionales y sin papel público en España. También es una persona en plenitud de sus derechos y libertades que no están restringidos ni administrativa ni judicialmente. En este asunto, su protagonismo es político, por lo que fue y significó en nuestro país. Y por lo que conlleva, en términos de opinión pública, el juicio que merecen conductas que, de momento irregulares, podrían derivar en infracciones legales, si acaso pueden someterse a escrutinio del Tribunal Supremo si no lo enerva la inviolabilidad o la prescripción. Así está ahora el estado de la cuestión.