- Un humano –del sexo que sea– es humano en tanto que capaz de optar entre verdad y mentira. Sin esa potestad, podría ser un animal, una máquina o un Dios; nunca un humano
Saltar de lo teológico a lo mundano es el modo más seguro de estrellarse.
«Cree y serás salvo» es un axioma teológico. Como tal es formulado por San Pablo Hechos 16:31. Como axioma teológico, impecable: el abandono total en un garante absoluto no puede, por definición, dejar resquicio a duda. Como Joseph Ratzinger desarrollara con brillantez, esa identidad paulina de los conceptos de fe y salvación está mediada por un tercero: caritas, a través del Dios-Hombre, funde en la fe amor humano y divino. Es lo que da entidad a la seca definición de la primera epístola de San Juan 4:16, Deus caritas est, sobre la cual construiría Benedicto XVI –en la estela de Anders Nygren– alguno de sus más notables textos.
Se cree en la absoluta verdad que solo una infinita divinidad puede garantizarnos. De todo lo demás, se duda. Es el principio general de cautela cognoscitiva, sin el cual ningún conocimiento sería regulable. En todo cuanto a la razón mundana concierne, la negación precede a la afirmación. Dicho de otro modo: toda afirmación debe ser dada por falsa mientras no se haya demostrado que no lo es; la carga de la prueba recae sobre la afirmación. Es la cautela metódica a la cual Bertrand Russell llamará «navaja de afeitar de Ockham», en homenaje a su primer atisbador en el siglo XIV: «no hay que multiplicar las entidades sin necesidad».
Sobre ese angular principio, sin el cual no hay lógica formal posible, reposa el más crucial de los postulados jurídicos: toda acusación es falsa mientras no se haya demostrado que no lo es; la carga de la prueba recae sobre el que acusa; nunca sobre el acusado. En rápida elipsis se llama a eso «presunción de inocencia». Que es una ficción metódica, sin la cual la garantía judicial no existe.
El caso Mouliaá-Errejón ha sido la (desagradable) prueba de fuego del infierno jurídico en el cual hemos sido instalados. En sí mismo, es la historia irrisoria de una cadena de infantilismos y malentendidos toscos. Vulgar en cada detalle. Y, en cada detalle, ajena a la gravedad que se supone a los procedimientos judiciales. El malestar del juez instructor hacia los dos ridículos comparecientes daba buena cuenta de ello. La narración de un ligue nocturno que acaba en nada puede dar pie a una comedia chusca. No a una sala de justicia.
Pero dio pie a eso. Sencillamente, porque la legislación española así lo impone. En ninguna democracia europea ha sido suprimida la presunción de inocencia en función del sexo de los comparecientes. Aquí sí, un acusado varón está obligado a demostrar su inocencia ante la sola acusación de una denunciante femenina. Pero una negación no puede demostrarse. Se da por supuesta. En lógica formal como en lógica jurídica. El acusado al cual se exige que demuestre no ser culpable, ese imposible, está ya condenado. En los regímenes totalitarios se practicó –y se practica– mucho.
«Cree y serás salvo». Por analogía: «¡Hermana, yo sí te creo!» Puede que no haya habido traslación tan letal para el garantismo jurídico en el último medio siglo. Aplicar justicia en función de una «creencia», es poner al querellante (la querellante, en este caso) en el lugar de la divinidad, cuyo testimonio veracísimo por nadie podría ser cuestionado. Solo que no lo es. Por definición, un humano –del sexo que sea– es humano en tanto que capaz de optar entre verdad y mentira. Sin esa potestad, podría ser un animal, una máquina o un Dios; nunca un humano. Creer verdad, todo lo que alguien dice, es el modo más inequívoco de deshumanizarlo.
Linchado por sus antiguas camaradas de pandi-partido, Íñigo Errejón exhibe hoy el teatro grotesco al cual nos abocaba a todos la pésima ley que él promovió. Lo ridículo de la situación mueve a risa. Lo que hay tras ella es trágico. Ciertamente, saltar de lo teológico a lo mundano es un modo muy seguro de estrellarse.