- La filtración del correo fue una actuación coordinada e impulsada personalmente por el fiscal general del Estado, quien había reclamado el correo dos horas antes de su publicación con objeto de su difusión. La desaparición intencional de pruebas es un potente contraindicio que se utiliza en los tribunales
A las 21,29 horas del día 13 de marzo de 2024, el fiscal general del Estado del Reino de España, Álvaro García Ortiz, decidió contestar a una información incorrecta del diario El Mundo en la que se decía que la Fiscalía había ofrecido un acuerdo de conformidad al abogado del ciudadano Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso, incurso en un procedimiento penal por fraude fiscal. Con la finalidad de ganar el relato sobre una cuestión de escasa relevancia sobre de quién había surgido la iniciativa de llegar al pacto de conformidad penal, entró en la dinámica de un frenético intercambio de comunicaciones por whatsapp con distintos ficales para hacerse con el correo entre el letrado y el fiscal Salto, que llevaba la causa. Con la fiscal jefe provincial de Madrid, María Pilar Rodríguez, habló para que le pidiera al fiscal Salto los correos. García Ortiz le solicitó a su subordinada que se los remitiera a su correo personal, no al oficial.
Contexto: el 23 de enero de 2024, la Fiscalía Provincial abrió diligencias contra González Amador por dos delitos. El 2 de febrero el letrado del novio de la presidenta madrileña escribió un correo al fiscal proponiendo reconocer los delitos para aminorar la pena. El 12 de febrero el Ministerio Público respondió al letrado y le dijo que «tomaba nota» del ofrecimiento. Ese 2 de febrero desde la Fiscalía se envía una copia del mensaje del letrado a Pilar Sánchez Acera, portavoz del grupo socialista en la Asamblea y directora de gabinete del jefe de gabinete de Moncloa, Óscar López. Este correo incluía información sensible. La filtración de ese correo ponía en cuestión el prestigio de la institución que lo enviaba con el menoscabo que ello comporta. La información confidencial, a la que tuvieron acceso los fiscales por razón de su cargo, se le dio una publicidad que no debió alcanzar. Hubo filtraciones, sí, a medios de comunicación, pero ninguno tenía información del correo, sino información fragmentaria. Y el deber de reserva no cede porque alguien tuviera referencia del contenido de la información reservada. No ha sido acreditado por el momento que hubiera indicaciones de Presidencia del Gobierno hacia el fiscal general para ello.
La filtración del correo fue una actuación coordinada e impulsada personalmente por el fiscal general del Estado, quien había reclamado el correo dos horas antes de su publicación con objeto de su difusión. La desaparición intencional de pruebas es un potente contraindicio que se utiliza habitualmente en los tribunales. Es de común experiencia que un borrado de datos se hace de elementos que puedan resultar desfavorables. Desde criterios de racionalidad, esa desaparición tuvo por finalidad ocultar la información ante una posible investigación y no puede quejarse quien la hizo de que ahora tiene limitada su defensa.
Este es un resumen casi literal de los 78 folios, 41 con un voto particular de uno de los tres magistrados (que sostiene que no hay indicios suficientes para juzgar a Ortiz), por el que la sala de apelaciones del Supremo desestima los recursos de la Abogacía del Estado y de la Fiscalía contra el procesamiento del fiscal general del Estado, que va camino del banquillo por primera vez en democracia. No se ha puesto ni quitado una coma. Juzguen ustedes.