Javier Caraballo-El Confidencial
- La controversia sobre su empadronamiento ha ido adquiriendo la notoriedad que busca Vox para impulsarse en estas elecciones
Con la literalidad de la Ley Electoral de Andalucía, Macarena Olona no puede presentarse a las próximas elecciones autonómicas de la Junta de Andalucía. Por eso estamos, precisamente, ante el primer gran desafío que ha planteado VOX en la campaña andaluza, a sabiendas de que, con toda probabilidad, los tribunales de Justicia le darán la razón en el litigio contencioso-electoral que se plantee por la irregularidad de su empadronamiento, y que, en todo caso, si no ocurre así, si se aplica una interpretación estricta de la legislación y se anula su candidatura, también habrá ganado, porque podrá presentarse como víctima, la primera persona de la historia de la democracia española a la que no se le permite presentarse a unas elecciones, sin que medie una condena penal previa de inhabilitación.
En cualquiera de los dos casos, la ganancia electoral para VOX está asegurada. Una de las ‘bombas mediáticas’ que, previsiblemente, irá esparciendo por la campaña electoral andaluza esta mujer temperamental, de una gran valía profesional, que en su primera aventura en solitario como candidata de VOX ha adoptado para su discurso muchas de las frases y giros retóricos de Eva Perón en Argentina. “Soy una de los vuestros, soy la candidata del pueblo”, repite Macarena Olona, al igual que decía Evita: “Si llego yo, llegaremos todos”. También tiene modos y maneras de su amiga Marine Le Pen, a la que acompañó en las últimas elecciones francesas, y de la que ha imitado su rechazo a que la consideren de extrema derecha. Con el mismo argumento repetido, que es como el artículo primero del manual del populismo: “No veo nada extremista en nuestro programa… No somos ni de derechas ni de izquierdas, estamos a favor de Francia, de la nación”. Pues la misma literalidad, cambiando sólo la ubicación.
La controversia sobre su empadronamiento, que ha acabado en los tribunales de justicia, comenzó siendo un asunto menor en la campaña andaluza, intrascendente, pero ha ido adquiriendo la notoriedad que busca VOX para impulsarse en estas elecciones, adoptadas ya por la formación política de Santiago Abascal como el gran examen del nuevo ciclo electoral. Todo surge cuando se conoce que la candidata de VOX, que es natural de Alicante y tiene su domicilio en Madrid, se había empadronado en la localidad granadina de Salobreña el pasado 5 de noviembre de 2021. Según ha reconocido en varias entrevistas el propietario de la casa en la que se ha empadronado, Manuel Martín Montero, concejal de VOX en ese municipio y presidente del partido en la provincia, la candidata no ha fijado allí su residencia, aunque se haya censado: “No puedo decir que ella esté aquí regularmente porque estaría mintiendo (…) cuando viene, yo le cedo la parte de arriba de la casa y yo me quedo en la de abajo”. Esa es la relación, nada contractual, por lo demás: “ni contrato de arrendamiento ni intercambio de dinero alguno”, aclara el propietario.
¿Puede considerarse, entonces, que OIona reside en ese municipio y que, por tanto, tiene derecho a empadronarse? En los primeros días de la polémica, todo se limitó a la controversia política, acusaciones cruzadas, defensa y descalificaciones, pero ahora la formación ‘Andaluces Levantaos’, de izquierda andalucista, ha decidido denunciarla ante la Junta Electoral por un empadronamiento fraudulento que, en caso de prosperar, anularía su candidatura a la Junta de Andalucía. Y no sólo lo piensan los dirigentes de esta formación, sino que, además, un reputado catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada, Agustín Ruiz Robledo, también sostiene que la controversia jurídica sobre el posible fraude de ley en el que ha incurrido Olona se resuelve pronto: “Es un fraude claro”, dijo ayer en el programa “Mesa de Debate”, de Canal Sur Televisión.
A su juicio, por lo que han declarado públicamente tanto Macarena Olona como la persona que le ha cedido su casa para que figure como domicilio, “se ha inscrito en el censo de Salobreña sin tener derecho a ello”, con lo que queda inhabilitada para presentarse a las elecciones andaluzas, a tenor de lo que dispone la Ley Electoral de Andalucía, que no es la misma que la general, y el propio Estatuto de Autonomía, al que se remite. En ambos casos, lo fundamental es que para poder votar en las elecciones andaluzas o para ser elegido parlamentario se debe tener “la condición política de andaluces” que la adquieren “todos los ciudadanos españoles que, de acuerdo con las leyes generales del Estado, tengan vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Andalucía”.
Para colmo de polémica, la inscripción en el censo se realizó en un ayuntamiento gobernado por el PSOE que también podría haber infringido la Ley de Bases de Régimen Local, ya que lo obliga a dar de baja a las inscripciones fraudulentas. Así que habrían incumplido la ley el Ayuntamiento de Salobreña, por inscribirla, el propietario del edificio, por acreditar en un documento que la candidata de VOX residía allí, y la propia Olona, por propiciarlo para poder presentarse a las elecciones.
El catedrático Ruiz Robledo no entra a valorar el hecho en sí de que la afectada sea de un partido político o de otro, sino el respeto que, a su juicio, se le debe tener a las normas que nos damos y al propio Estado de Derecho. “Si lo que se quiere es que todos los españoles se puedan presentar a las elecciones andaluzas, que es algo que personalmente respaldo, pues que se cambie la ley, que les ha dado tiempo desde 1986 que entró en vigor. Si la ley no gusta, pues que se modifique; pero mientras tanto hay que respetarla”. Conviene aclarar, en este sentido, que nada tiene que ver al respecto los llamados ‘candidatos cuneros’, que son los políticos que se presentan a unas elecciones generales por una provincia que no es en la que residen -hay múltiples ejemplos-, ya que en el caso de la Ley Electoral General sí está permitido. Tampoco tiene nada que ver el caso de Toni Cantó, que no pudo presentarse a las elecciones de la Comunidad de Madrid porque se inscribió en el censo fuera de plazo.
El caso más parecido al de Macarena Olona es el del político del Partido Popular Javier Maroto que, para ser elegido senador por Castilla y León, después de quedarse sin escaño por su circunscripción de Álava, simuló un empadronamiento, como el de Macarena Olona, en un pequeño pueblo de Segovia llamado Sotosalbos. El asunto también llegó a los tribunales, pero el juez acabó dándole la razón a Javier Maroto. Incluso la Fiscalía solicitó el archivo de la causa, favoreciendo en ambos casos el derecho constitucional de participación política y el de todos los españoles a circular y establecerse libremente en cualquier territorio del Estado. “En el caso de Maroto -dice Ruiz Robledo-, lo que hizo el tribunal fue destacar la presunción de legalidad del acto administrativo, al entender que, a partir de ese momento, iba a residir en Segovia, pero en el caso de Olona ya sabemos, porque se inscribió en noviembre, que lo hizo y no reside allí. En definitiva, que el tribunal tendría que mirar mucho para otro lado para que Macarena Olona pueda participar” en las elecciones andaluzas.