· La legalización de Sortu no es un triunfo sobre la Ley de Partidos; es la victoria de Sortu frente a Batasuna.
La sentencia de Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre la ilegalización de ANV no aporta ninguna novedad desde el punto de vista jurídico. En ella se confirman los mismos criterios que sirvieron en su día para ratificar la resolución de ilegalización de Batasuna en 2009. Es más, ni en los ámbitos jurídicos ni políticos se esperaba una resolución distinta. Al parecer tampoco ha causado sorpresa alguna a la formación afectada que ni siquiera ha sentido la necesidad de exponer en público su valoración. Resulta llamativo que la izquierda abertzale, tan atenta siempre a estos hechos, tan próximos a ella, no haya efectuado su propia valoración, al margen de EH Bildu. Parece evidente que a la izquierda abertzale no le interesa remover este tema, pues de inmediato se pone de manifiesto el fracaso de la estrategia desarrollada desde 2003 frente a las ilegalizaciones, toda vez que ha conseguido su legalización tras ajustar y adaptar su estrategia y su proyecto a los cánones que exige la Ley de Partidos y la jurisprudencia existente.
Batasuna pretendió hacer frente al peligro de ilegalización que representaba la aplicación de la nueva Ley de Partidos con una estrategia que trataba de combinar la defensa jurídica con la movilización popular. Querían ganar y recuperar la legalidad consiguiendo, bien facto bien de iure, la derogación de la Ley de Partidos. En dicha estrategia, pese al esfuerzo y a la buena defensa jurídica desplegada, lo prioritario nunca fue fortalecer y favorecer desde la política la posición jurídica ante los tribunales, aportando los llamados ‘contraindicios’ que desvirtuasen la presunción de la vinculación de la izquierda abertzale con ETA.
Lo relevante y lo prioritario para ellos fue aprovechar el fenómeno de la ilegalización para fortalecer la izquierda abertzale, que vivía por esos años unos momentos delicados. En esa estrategia que combinaba la defensa jurídica con la movilización social y política, Europa representaba el foro y testigo perfecto desde donde poder materializar el triunfo sobre España y contra la estrategia de la exclusión. Se tenía la convicción, además del deseo legítimo, de que la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre el ‘caso Batasuna’ iba a condenar a España por violación del convenio europeo y que con ello se produciría la derogación o modificación de la Ley de Partidos y la vuelta a la legalidad, sin que se les planteara la necesidad de revisar el modelo de relación que les vinculaba con ETA.
Sin embargo, como se sabe, la sentencia dictada en 2009 rechazaba la demanda y declaraba que España no había violado el convenio europeo. Esto representó un enorme varapalo para la izquierda abertzale que veía cómo su estrategia se derrumbaba desde las instancias europeas, en las que había depositado su confianza. No eran los tribunales españoles, sino el TEDH quien avalaba la ilegalización. Se vieron así abocados, dentro de un proceso más general de reflexión, a abordar la legalización desde un planteamiento radicalmente distinto al aplicado hasta entonces. Tras los sucesivos fracasos en las instancias judiciales, la legalización solo se podía abordar actuando dentro de los parámetros de legalidad establecidos por la jurisprudencia sobre la Ley de Partidos, y no enfrentándose a esta ley.
Los estatutos de Sortu dejan claro el viraje radical al proclamar que la nueva formación se constituye conforme al canon de legalidad ordinaria y constitucional configurado por el artículo 6 CE y la Ley de Partidos Políticos y la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional que los han interpretado, al tiempo que se afirma que el nuevo proyecto supone la ruptura con los modelos organizativos de antaño y también con los vínculos de dependencia que aquellos modelos daban lugar. La legalización de Sortu no es el triunfo de la izquierda abertzale sobre la Ley de Partidos. Representa la victoria de Sortu frente a Batasuna, el triunfo del nuevo modelo que proclama la ruptura con el modelo anterior, por las dependencias y vínculos que este generaba respecto de ETA.
De ahí que uno alucine cuando con motivo de la sentencia del TEDH lee las declaraciones del portavoz parlamentario de EH Bildu, en las que califica la sentencia como «el último estertor de la Ley de Partidos», a la que considera «defenestrada y muerta». No hay peor cosa que engañarse a sí mismo. En toda esta historia, con independencia de las valoraciones que a uno le han merecido las distintas sentencias dictadas, la realidad que se ha impuesto es la establecida por el Tribunal Constitucional al permitir la concurrencia electoral de Bildu y autorizar la legalización de Sortu en aplicación de la jurisprudencia dictada.
No se ha impuesto la tesis del Supremo, coincidente con PP y PSOE, consistente en que mientras ETA no se disuelva la izquierda abertzale no puede ser legalizada por formar parte del entramado terrorista. Tampoco se ha impuesto, lógicamente, el modelo de Batasuna, que como bien dice Sortu, permitía que esa organización fuera instrumentalizada por organizaciones que practican la violencia. Convendría que la izquierda abertzale no confundiera las cosas y fuera consciente de las condiciones de su legalización. Sabe perfectamente lo que tiene que hacer o evitar para consolidar su condición de partido legal.