EL IMPARCIAL, 16/9/11
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dejado en suspenso la aplicación de la sentencia sobre el castellano mientras resuelve el recurso de la Generalitat contra el mismo.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha suspendido el ultimátum de dos meses que dio al Departamento de Enseñanza para implantar el castellano como lengua vehicular en las escuelas, mientras resuelve el recurso de la Generalitat contra el mismo.
En una providencia, la sala contencioso-administrativa del alto tribunal catalán ha decidido suspender temporalmente, de oficio, el ultimátum dado a la Generalitat, dado que el gobierno catalán no lo había solicitado expresamente en su recurso, en el que se limita a defender que el modelo de inmersión lingüística es acorde a la ley.
El plazo de dos meses que el TSJC dio a la Generalitat estará paralizado mientras el alto tribunal resuelva el recurso de Enseñanza contra la ejecución del fallo del Tribunal Supremo (TS), que establece que el castellano debe ser lengua vehicular en las escuelas, en base a la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatut.
No obstante, la suspensión del ultimátum al gobierno catalán puede ser a su vez recurrida por las familias que llevaron al Tribunal Supremo (TS) el modelo de inmersión lingüística en la educación catalana.
El TSJC tendrá que resolver ahora si considera suficientes los informes que el Departamento de Enseñanza la he remitido para tratar de demostrar que la inmersión lingüística es acorde a la sentencia del Tribunal Supremo y, en consecuencia, deja definitivamente sin efecto el ultimátum fijado a la Generalitat.
En su recurso, el gobierno catalán alega que con su actuación para garantizar el conocimiento de ambas lenguas oficiales a los escolares está «debidamente ejecutada» la sentencia del Supremo y cumplida la legislación vigente y la doctrina del Tribunal Constitucional (TC).
Frente al criterio de la sección quinta de la sala contencioso-administrativa del TSJC de que la sentencia del Supremo puede afectar al modelo de inmersión lingüística, la Generalitat insiste en que dicho fallo se refiere exclusivamente a la situación de las familias recurrentes, a las que ya se ofreció atención lingüística personalizada.
El recurso mantiene que el régimen lingüístico de la educación catalana es plenamente respetuoso con la cooficialidad y persigue que los alumnos alcancen las plenas competencias en ambas lenguas, por lo que prevé instrumentos de verificación, análisis y control.
Para demostrarlo, la Generalitat adjunta a su recurso informes del Consejo de Evaluación del Sistema Educativo que acreditan que la competencia de los alumnos en castellano y catalán es objeto de revisiones periódicas y que, de acuerdo con las evaluaciones de PISA, está por encima de las medias española y de la OCDE.
Además, el Departamento de Enseñanza argumenta en su recurso que, para garantizar el pleno dominio de las lenguas oficiales catalana y castellana en la enseñanza obligatoria, es necesario mantener actualmente un trato diferenciado del catalán como lengua vehicular, dado el «déficit de conocimiento y utilización cotidiana de la lengua catalana» entre los alumnos.
EL IMPARCIAL, 16/9/11