EL MUNDO 20/04/13
Obliga al fiscal del caso a no limitar los cargos contra Pamiesy Ballesteros a un simple delito de revelación de secretos
La Fiscalía de la Audiencia Nacional deberá acusar por un delito de colaboración con una organización terrorista, contra su propio criterio jurídico, a los policías Enrique Pamies y José María Ballesteros, procesados por el chivatazo a ETA en el bar Faisán en pleno proceso de paz de 2006. El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha impuesto el principio de jerarquía y obligado al encargado del caso, Carlos Bautista, a que incluya esa calificación como alternativa a la que éste viene defendiendo desde hace dos años, que es la de que el soplo constituiría, a lo sumo, una mera revelación de secretos.
En el escrito que presentó ayer a la Sala, Bautista hace constar expresamente que actúa sometido a esa orden.
En concreto, como él mismo había advertido a Torres-Dulce que haría, menciona la disposición del Estatuto Fiscal que establece que «el fiscal general del Estado podrá impartir a sus subordinados las órdenes e instrucciones convenientes al servicio y al ejercicio de las funciones, tanto de carácter general como referidas a asuntos específicos». La orden de Torres-Dulce se concretó el jueves, tras solicitarle el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, que se lo hiciera constar por escrito.
El fiscal general fundamenta su postura en un informe de su Secretaría General Técnica, con apoyo en la Fiscalía del Supremo, que sostiene que la jurisprudencia más reciente es clara cuando afirma que «no es necesaria afinidad ideológica» con ETA para que pueda cometerse el delito de colaboración, sino que basta con conocer «que la conducta desplegada está favoreciendo a la banda», entrecomillados tomados de la sentencia del Alto Tribunal que condenó a las hermanas Bruño por avenirse a pagar el impuesto revolucionario. Esta es la línea también de las acusaciones populares que representan la AVT y Dignidad y Justicia.
En sentido opuesto, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha venido manteniendo -y así pretende seguir haciéndolo- que el delito de colaboración con una organización terrorista sí exige «una cierta adhesión ideológica y una intención específica de favorecer y beneficiar las actividades y finalidades de la banda terrorista», circunstancias que no concurrirían en los policías procesados.
La sentencia del Supremo no se refiere, en su opinión, ni a hechos ni a personas que sean comparables y, entre otras cosas, obligaría a imputar por colaborar con ETA a todos los empresarios que han pagado el impuesto revolucionario, lo que ni mucho menos se hace habitualmente.
Zaragoza manifestó esta discrepancia a Torres-Dulce, que optó por imponer el principio de jerarquía. El fiscal jefe de la Audiencia habría tenido la posibilidad de objetar la orden, lo que habría motivado la convocatoria de una Junta de Fiscales de Sala y un probable escándalo. No ha sido así: el acatamiento revela que la solución es satisfactoria para las dos partes y que ni ha habido enfrentamiento ni se ha planteado un pulso. Más bien, un acuerdo. Unos y otros dejan a salvo su criterio jurídico y Zaragoza y Bautista, además, su coherencia. Ayer, de hecho, no se vio ninguna cara larga durante la toma de posesión del flamante teniente fiscal de la Audiencia, Jesús Alonso.
Precisamente en esa misma controversia se justificó el anterior presidente de la Sala Penal, Javier Gómez Bermúdez, para avocar a Pleno en la precampaña de 2011 los primeros procesamientos ordenados por el juez Pablo Ruz, cuando era del todo previsible que la Sección a la que correspondía revisarlos iba a confirmarlos, lo que habría sentado en el banquillo también al ex director de la Policía Víctor García Hidalgo. El Pleno los revocó, aunque con el argumento de que no había indicios suficientes, y Ruz tuvo que rehacer la instrucción encargando un informe a la Guardia Civil de consecuencias nefastas para Pamies y Ballesteros, pero no para García Hidalgo.
La orden de Torres-Dulce obligará ahora al fiscal Bautista a defender en sus dictámenes que el chivatazo puede ser calificado como una colaboración con banda armada. Pero eso sí, el Estatuto Fiscal le confiere una amplia autonomía en el uso de la palabra durante el juicio, que tendrá lugar el próximo otoño y en el que Bautista representará a la acusación pública con toda seguridad. Ya en su escrito de ayer, la inclinación del fiscal por la calificación de revelación de secretos es manifiesta: la escribe en primer lugar y en versales, despachando a continuación el delito terrorista con una destacada minúscula y la mención de que lo incluye cumpliendo órdenes.
El fiscal pide para el ex jefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamies dos años de cárcel y cuatro de inhabilitación especial por revelación de secretos o, alternativamente, cinco años de prisión y 11 de inhabilitación absoluta por colaboración con banda armada. Para el inspector Ballesteros solicita un año y medio de cárcel y tres de inhabilitación por revelación de secretos o la misma que a Pamies por la colaboración.
Esto es: o una cosa o la otra. La diferencia es muy notable. Si la Sección Tercera, que preside Alfonso Guevara, los condena, en todo caso serán expulsados del Cuerpo de Policía (la Dirección General ya les ha abierto expediente). Si lo son por revelación de secretos, evitarán el ingreso efectivo en prisión; si por el delito terrorista, sólo si el Gobierno los indulta.
El relato del fiscal Bautista condensa en siete folios el resultado de siete años de instrucción y atribuye al entonces jefe superior de Policía del País Vasco, siendo Alfredo Pérez Rubalcaba ministro del Interior, la decisión de desbaratar el 4 de mayo de 2006, en pleno proceso de paz, una operación contra el aparato de extorsión de ETA con el objetivo de impedir, «al menos», el arresto del dirigente del PNV Gorka Aguirre. Para ello, Ballesteros le entregó un móvil en el Faisán al cobrador de la banda, Joseba Elosua, desde el que Pamies le advirtió de que «tuviera conciencia de la situación política» y que sería detenido junto al tesorero de ETA, José Cau, en cuanto cruzase la frontera para entregarle 54.000 euros procedentes de la extorsión.
Las consecuencias de la orden de Torres-Dulce se dejan ver en el penúltimo párrafo: cuando 18 días después pudo actuarse contra esa trama, algunas pruebas habían volado -las cartas de extorsión- y la banda se había quedado con el dinero. Es decir: el chivatazo favoreció a ETA.