LIBERTAD DIGITAL 15/07/13
García de Dios sobreseyó en 2009 sin practicar ninguna diligencia un escrito genérico del partido Alternativa Española.
El juez que provocó la declaración de cosa juzgada –al archivar una denuncia sobre el 11-M días antes de la querella contra el ex jefe Tedax por ocultar pruebas- ha permitido a las víctimas recurrir a través de una vía reservada a afectados, según informa El Mundo.
La Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M, que preside Ángeles Domínguez, recibió el pasado miércoles la notificación que había solicitado hace más de tres meses del sobreseimiento decidido por el Juzgado de Instrucción número 6 de Madrid el 19 de junio de 2009.
Dicho juzgado, que dirige el juez Ramiro García de Dios, sobreseyó en 2009, sin practicar ninguna diligencia, un escrito genérico sobre el 11-M del partido Alternativa Española dirigido contra una docena de mandos de la Policía, Juan Jesús Sánchez Manzano. El denunciante decía apoyarse en el libro Titadyn, de Casimiro García-Abadillo y Antonio Iglesias, pero luego ni siquiera se personó para recurrir, dejando morir la causa.
Quince días después, sin tener conocimiento de ese archivo, la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M presentó una querella centrada específicamente en la desaparición de los restos de los focos de las explosiones, de la que responsabiliza a Sánchez Manzano y su perito. El Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid, que dirige Coro Cillán, la admitió, imputó a los dos mandos y desarrolló durante dos años y medio la investigación con el apoyo del fiscal.
Sin embargo, en febrero de 2012, la Audiencia de Madrid decidió, en contra del criterio del Ministerio Público, que aquella primera denuncia de Alternativa Española contenía hechos idénticos a los relatados en la querella de las víctimas, por lo que obligó a archivar la causa abierta por Coro Cillán. No obstante, la propia Audiencia había dejado claro que su decisión «no impide» que quienes se consideren perjudicados por los posibles delitos que se imputaban a Manzano puedan solicitar que se les notifique aquel primer sobreseimiento y personarse para intentar reabrirlo. El juzgado que archivó la primera denuncia, el número 6, ha cumplido ahora esa previsión.
El escrito del abogado José María de Pablo incorpora a esa primera causa los hallazgos más relevantes obtenidos durante la instrucción de Coro Cillán –que en ningún caso es nula- y el juez Ramiro García de Dios tendrá ahora que valorar si aprecia en ellos indicios de delito suficientes para reabrir la causa. Tendrá un enorme peso el informe fiscal. Si se inadmite el recurso, quedaría aún un último paso: la apelación de nuevo ante la Audiencia de Madrid, que ahora sí tendría que pronunciarse sobre el fondo de los hechos.