Andoni Pérez Ayala-El Correo
- Lo que se diga o haga debería tener más que ver con el programa de gobierno y la forma de articular una mayoría parlamentaria
En todos los sistemas parlamentarios, como es nuestro caso, la investidura es el mecanismo por el que, después de las elecciones y la constitución de las Cámaras, se accede a la jefatura del Gobierno. Si bien era originariamente una figura propia del Antiguo Régimen a través de la que el investido alcanzaba un estatus que antes no tenía, el constitucionalismo contemporáneo la incorporó a su acervo, dotándola de un significado y de una configuración distintas en el marco del parlamentarismo actual. De acuerdo con él, la investidura hace referencia a la forma mediante la que el máximo órgano representativo del Estado otorga su confianza al titular del máximo órgano ejecutivo para que este pueda empezar a gobernar.
Todas las constituciones actuales regulan las relaciones entre el órgano legislativo y el ejecutivo del Estado y, muy especialmente en los sistemas parlamentarios, los mecanismos por medio los cuales el Parlamento otorga a través de la investidura su confianza al titular del ejecutivo. En nuestra Constitución, como en todas las de nuestro entorno si bien bajo formas diversas, se hace referencia a la investidura (artículo 99), como en el Reglamente del Congreso (artículos 170-172). Y se dice que el candidato propuesto expondrá ante el Congreso el programa del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara.
El elemento esencial de la investidura es el debate parlamentario sobre el programa político que presenta el candidato para obtener la confianza, lo que requiere contar con la mayoría que la Constitución establece: absoluta en primera votación y simple en la siguiente. Programa de gobierno y mayoría parlamentaria que lo respalde son, por tanto, los elementos indispensables y, en el caso de faltar alguno de ellos, o los dos, estaríamos ante una situación que desde la perspectiva constitucional habría que calificar como anómala. Es lo que en buena medida viene ocurriendo en el desarrollo del proceso en curso.
Tanto en los debates de los días pasados como en las broncas polémicas suscitadas en los medios en torno a la investidura desde que el 22 de agosto se formalizó la candidatura del líder del PP, se ha hablado de todo menos del programa de gobierno, precisamente de lo que hay que hablar en una investidura, de acuerdo con la Constitución y, sobre todo, con el más elemental sentido común político. En su lugar, lo que resulta completamente anómalo, ha copado el discurso político desde el inicio de la legislatura la trifulca permanente en torno a la amnistía, que se ha erigido en el monotema de este periodo.
No se trata de vetar ningún tema en el debate político, incluido el de la amnistía, pero conviene tener presente que una cosa es el programa de gobierno y el debate parlamentario sobre él para conseguir la investidura y otra la amnistía, que independientemente de las posiciones que puedan mantenerse sobre el tema, no es asunto que tenga en la investidura el marco más apropiado para su tratamiento.
Interesa, en relación con esta cuestión, hacer algunas puntualizaciones sobre las mayorías parlamentarias, porque otra de las anomalías es la concepción numérica que se está imponiendo al respecto. No cabe confundir, como se viene haciendo, las mayorías numéricas con las parlamentarias, que se conforman a partir de un programa de gobierno (o, en su caso, de legislatura), pero que nunca son el resultado de sumas aritméticas sin más. Se pueden tener 180, 200 diputados/as, o más, en el Congreso y carecer de mayoría parlamentaria si no se pueden aprobar medidas decisivas del programa de gobierno. Es una situación que, tal y como se están prefigurando las mayorías para la investidura, es previsible que se dé en esta legislatura. Ya se dio en el otoño de 2018, cuando la mayoría numérica de la moción de censura no pudo plasmarse pocos meses después en una mayoría parlamentaria para aprobar los Presupuestos y hubo que disolver las Cortes y convocar elecciones (2019).
A falta de debate sobre el programa de gobierno (que no puede ser sustituido por la gresca sobre la amnistía) y también de una mayoría parlamentaria cohesionada con base en el programa de gobierno, estamos ante una investidura que carece de los elementos esenciales que la definen como tal. Pero no hay que tirar la toalla (permítasenos una expresión del lenguaje pugilístico, que no desentona con la situación generada en torno a esta investidura) porque lo ocurrido es solo la primera parte de la función y lo más previsible es que en la segunda y sucesivas partes no van a faltar hechos a los que va a ser necesario seguir prestando toda la atención. No es mucho pedir que lo que se diga y, sobre todo, se haga próximamente tenga algo más que ver con el programa que va a llevar a cabo el Gobierno que surja de esta investidura y con la forma de articular una mayoría parlamentaria cohesionada políticamente en torno a ese programa.