Una norma legítima

LA RAZÓN 14/03/13
EDITORIAL

La llamada «doctrina Parot» toma su nombre del apellido de un terrorista condenado a 5.000 años de cárcel por 26 asesinatos consumados y otros 116 en grado de tentativa, el cual, sin la reacción indignada de la opinión pública y la certera actuación de la judicatura española, hubiera quedado en libertad con apenas diez años de cumplimiento, merced a la aplicación de los beneficios penitenciarios previstos en el código penal franquista de 1973, por el que fue juzgado. La «doctrina Parot» supuso un cambio de criterio en la manera de computar las penas que fue confirmado por el Tribunal Constitucional. Conviene recordarlo, porque no está en discusión ni la legitimidad de la norma ni su legalidad. Lo que sí ha cuestionado la sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) es si se ha podido vulnerar el principio de irretroactividad de las leyes en el caso de la etarra Inés del Río, condenada a tres mil años de cárcel, y si se hizo en base a una interpretación judicial. La sentencia fue recurrida por el Gobierno español ante la gran sala del TEDH, que deberá pronunciarse el próximo miércoles, día 20 de marzo. A nadie se le oculta que la desactivación de la «doctrina Parot» ha sido uno de los principales caballos de batalla de la banda etarra y sus afines, que enseguida la percibieron como lo que era: un magnífico instrumento del Estado de Derecho en la lucha contra la delincuencia organizada y en la prevención de delitos especialmente lacerantes, como la violación y el asesinato de menores. La norma permite que terroristas y delincuentes sexuales irrecuperables cumplan íntegras sus condenas. Por ello, sin prejuzgar la decisión que adopte la gran sala, que esperamos sea favorable a las tesis españolas, urge neutralizar la campaña de propaganda montada por los proetarras de Sortu, organización que ha sufragado todos los gastos derivados del recurso de la terrorista Inés del Río, tal y como reconoció ayer su responsable, Hasier Arraiz, para hacer llegar a la opinión pública internacional la especie delirante de que la «doctrina Parot» –su pretendida abolición– está directamente vinculada a la negociación del fin de ETA. No. Ni es objeto de negociación alguna ni se está dirimiendo su legitimidad. Sí se corre el riesgo, cierto, de que algunas docenas de asesinos sanguinarios, que no han mostrado arrepentimiento, tengan que ser excarcelados antes de lo previsto, pero la inmensa mayoría de los terroristas etarras que hoy cumplen condena tendrán que aceptar el rigor de la Ley. Las asociaciones de víctimas del terrorismo de España, Francia, Gran Bretaña e Italia se han movilizado para hacer llegar a los jueces del Tribunal de Estrasburgo la trascendencia de su decisión y, sobre todo, que nada tiene que ver el asunto con el pretendido final de la banda terrorista.