«Yo, Sara Majarenas Ibarreta, reconozco el daño causado por la organización ETA, y ante esta institución o públicamente si fuera necesario, me comprometo a no utilizar vías violentas, sino únicamente vías pacíficas. No pertenezco ni perteneceré a ETA». Así escribió la que fuera miembro del comando Levante para solicitar el permiso de segundo grado y poder cuidar a su hija de tres años –edad máxima permitida a un menor para estar en prisión con la madre– fuera de la cárcel. La niña fue apuñalada por su padre el pasado 15 de enero en la casa de éste, en Benifaió (Valencia).
Majarenas, que fue detenida en 2005 y condenada por la Audiencia Nacional por delitos de asociación ilícita, falsificación de documentos públicos oficiales y tenencia de armas sin licencia, remitió el escrito el pasado 6 de febrero. La etarra alegó que «como víctima que también» es «ahora mismo», se comprometía «a trabajar por la reparación de toda clase de víctimas, y a sanar las heridas causadas por cualquier tipo de violencia, también la de ETA».
La reclusa concluyó el escrito reconociendo que su «única intención», «único objetivo» y «única prioridad» es «estar junto a mi hija y repararnos mutuamente». Tras esta declaración de intenciones y los informes redactados por el centro penitenciario y el equipo técnico del Juzgado Central de Menores ratificando que «la menor tiene que estar con su madre», el juez estimó el recurso presentado por Majarenas y le concedió el segundo grado.
La interna quedó en libertad para vivir con su hija en una fundación que presta ayuda a internos durante permisos y situaciones de semilibertad, así como a madres con hijos que se encuentran en la situación de Majarenas, según informa el juez Castro en un auto fechado ayer. Se trata de la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos.
El magistrado considera que este centro «permitirá a madre e hija recibir el acogimiento, apoyo y afecto que necesitan para solventar las dificultades que derivarían de una separación, que sería contraria a la protección que todo menor necesita», en relación a la obligada salida de la hija de la prisión por haber cumplido los tres años.
El juez resalta que la etarra «reconoce el daño causado, la voluntad de desvinculación de ETA, reafirmando que su única prioridad y objetivo es el cuidado de su hija». Castro alegó también «las extraordinarias circunstancias sociofamiliares en las que se encuentra como consecuencia de la agresión de la hija».
El 9 de abril de 2018 se cumple el fin de la condena que le impuso el tribunal. Su abogada, Onintza Ostolaza, que asistió ayer a una manifestación de apoyo a Majarenas en San Sebastián, advirtió de que la decisión del juez Castro «no es suficiente» y pedirá la libertad condicional.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dio ayer un varapalo a la estrategia del colectivo de presos de ETA y de la izquierda abertzale para acabar con la dispersión por la vía judicial. El tribunal europeo ha rechazado la demanda de tres miembros de ETA que en 2013 estaban encarcelados en la prisión francesa de Lyon-Corbas y alegaron estar a más de 800 kilómetros de sus familias y no haber tenido derecho a un recurso efectivo. En su resolución, el tribunal considera que las quejas de los demandantes «no son suficientes para que constituyan una injerencia en el derecho al respeto de su vida familiar».
Los recursos fueron presentados por el ex jefe militar de ETA Alejandro Zobaran Arriola, por Urko Labarca Larrea y por Ione Lozano Miranda. Los dos últimos cumplen ya condena en España, donde estaban reclamados por la Audiencia Nacional, pero su reclamación se ha estudiado ahora. Los tres fueron detenidos en el norte y el centro de Francia en marzo de 2011. Tras pasar por centros penitenciarios de la región parisina, fueron transferidos a la cárcel de Lyon entre el 18 y el 21 de marzo. Fueron condenados a ocho, seis y cinco años, respectivamente.
El Tribunal de Estrasburgo no ha entrado en el fondo del asunto, pero señala que, según los documentos aportados por el Gobierno y no impugnados por los demandantes, «se han beneficiado de numerosas visitas y conversaciones telefónicas con sus allegados». «Nada demuestra –han añadido los jueces– que los desplazamientos efectuados por los allegados hayan planteado problemas insuperables o difíciles de resolver».
Los tres presos etarras recurrieron a la corte europea en 2013 de manera individual, representados todos por la abogada de Bayona Xantiana Cachenaut. Según el Gobierno francés, los reclusos recibieron, mientras estuvieron encarcelados en ese país, entre 343 y 453 visitas, y disfrutaron de entre 426 y 1.283 comunicaciones telefónicas.
Por eso, el tribunal ha negado que este caso sea comparable con otro contra Ucrania de dos reclusos (Vintman y Rodzevillo) internos en cárceles a miles de kilómetros de sus domicilios y que ganaron su demanda, Vintman no había visto a su madre en 10 años y Rodzevillo sólo recibió siete visitas en ocho años.
El Tribunal de Estrasburgo destacó que en la carta que los tres etarras enviaron al juez de instrucción en 2012 «no pidieron de manera clara estar más cerca de sus familias» y «podían haber solicitado una medida de acercamiento». Por ello, ha considerado que las quejas «no son suficientes para que constituyan una injerencia en el derecho al respeto de su vida familiar» y están «manifiestamente mal fundadas».
La decisión del tribunal europeo puede sentar jurisprudencia y afectar a otras demandas de presos etarras. La asociación de apoyo a reclusos Etxerat anunció el pasado enero que 281 presos de ETA presentarían demandas ante el tribunal.