CONSUELO ORDOÑEZ-EL CORREO
- Se debe desarrollar un programa para reparar el daño personal y social a las víctimas y el daño político a toda la sociedad causados por los presos de ETA
Durante las últimas semanas se ha debatido mucho sobre la utilidad de la justicia restaurativa como herramienta para deslegitimar el terrorismo de ETA. La justicia restaurativa supone un plus de la justicia penal, puesto que incorpora a la víctima y su reparación en los objetivos últimos de la justicia. También permite que los condenados se responsabilicen de forma activa de sus delitos siempre que se parta del convencimiento de la injusticia del daño cometido. No obstante, su aplicación con los presos de ETA no debería hacerse de la misma manera que con otros condenados por delitos cuya dimensión del daño corresponde únicamente al ámbito privado.
Los terroristas de ETA han producido no solo un daño personal y social a sus víctimas, sino también un daño político al conjunto de la sociedad. Utilizaron la violencia contra personas concretas, pero para hacer política, puesto que el objetivo era causar un daño político a nuestro Estado de Derecho y atenazar a toda la sociedad. Por esta razón, la victimización producida por los terroristas de ETA es muy diferente de la de otros criminales también condenados por asesinato. Si es cierto que en ambos casos el convicto debe responder por la muerte de un ser humano, el homicida que no es un terrorista no suele contar con la complicidad o la justificación de su crimen por parte de una organización criminal ni por una parte de la sociedad que apoya el proyecto político que persiguen los terroristas. En el caso de los presos de ETA, estos se han encontrado a lo largo de muchos años -y todavía lo hacen- con la benevolencia, la comprensión, la justificación y la exaltación de sus crímenes por una parte de la sociedad vasca.
La violencia terrorista genera culpas y responsabilidades individuales -las culpas siempre son individuales e intransferibles- respecto de los crímenes concretos que perpetró cada convicto; pero también responsabilidades sociales y políticas. Un programa de justicia restaurativa para presos de ETA debe tener en cuenta tanto la trascendencia simbólica como el alcance político de los crímenes de ETA, de tal manera que permita abordar la reparación de las tres dimensiones de sus crímenes, todas interrelacionadas: el daño personal, el social y el político producidos tanto a sus víctimas como a la sociedad en su conjunto.
El terrorismo no alcanza solo al asesino y a su víctima, sino que produce un daño profundo al pluralismo político de las sociedades democráticas, en la medida en que merma la libertad y la seguridad de los ciudadanos, y de forma más intensa y específica la de los que no comparten el proyecto político de los terroristas y sus cómplices. Para que la justicia restaurativa con los presos de ETA sea efectiva y se pueda llamar de verdad justicia restaurativa, los perpetradores deben responsabilizarse de los crímenes concretos que como individuos cometieron, pero también del tejido social y político que dañaron a través de esos crímenes bajo el manto de una organización terrorista. Solo puede repararse el daño político producido por el terrorismo desde el reconocimiento básico de que, dentro del pluralismo democrático, no cabe la violencia. Los etarras presos deben contribuir de forma activa al descrédito público de ETA y del proyecto político que persiguieron por medio de la violencia. Deben propiciar, con sus acciones y su discurso público, que se rompa la dinámica social y política de exaltación y justificación a ETA que todavía se ve hoy en una parte de la sociedad vasca y navarra. Esa será la prueba de que no están utilizando la justicia restaurativa de manera oportunista, sino entendiendo y compartiendo su verdadero objetivo.
Los programas de justicia restaurativa que de ahora en adelante se elaboren por parte de las instituciones a nivel estatal y autonómico deben respetar escrupulosamente los estándares internacionales en la materia. Sobre todo en lo que se refiere a la voluntariedad, piedra angular de la justicia restaurativa. Voluntariedad tanto de la víctima como del victimario de participar en un programa o encuentro restaurativo. No se debe causar una victimización secundaria ni violentar a las víctimas que decidan no participar y reclamar exclusivamente su derecho a la justicia penal. Resultaría inaceptable presentar a las víctimas que decidan abstenerse de la justicia restaurativa como un estorbo para la pacificación de la sociedad vasca, como sí se hizo en algunos casos cuando estaban en vigor los encuentros restaurativos derivados de la Vía Nanclares. Los programas de justicia restaurativa deben hacerse con total transparencia y ser verificados por profesionales especializados y externos a las administraciones, lo que no se ha hecho hasta ahora.
Nuestros gobernantes tienen la obligación de desarrollar un verdadero programa de justicia restaurativa para los presos de ETA, cuyo objetivo sea reparar las tres dimensiones de los daños causados -el personal, el social y el político- y no solo uno de esos daños. Por favor, corrijan los errores del pasado.