El Consejo de Estado dice que el Parlament no puede legislar sobre el referéndum

EL MUNDO 29/09/14

El Consejo de Estado respalda en su dictamen sobre la Ley de Consultas y el decreto de convocatoria de Mas la opinión del Gobierno de que ambas disposiciones son inconstitucionales. Aceptarlas sería admitir que una parte de los españoles puede poner en solfa la arquitectura del Estado y la esencia de la Carta Magna.

Las fuentes del Consejo consultadas por EL MUNDO recalcaban dos argumentos clave. El primero apunta que lo que se pretende consultar a los ciudadanos de Cataluña requiere, en realidad, de una decisión soberana del pueblo español; y, el segundo, que la Generalitat incurre en vicio de incompetencia puesto que pretende sustituir la autorización del Estado por la del Parlament y la del president Artur Mas para realizar una consulta que no es otra cosa que un referéndum.

La Sección Primera del órgano consultivo, dirigida por Landelino Lavilla, ya tenía ayer muy avanzado su dictamen puesto que, de hecho, al menos en lo que se refiere a la Ley de Consultas, ha tenido una semana completa para estudiarla habida cuenta de que la misma fue aprobada por el Parlament el día 19 y, aunque no fue publicada en el Diario Oficial de la Generalitat hasta el pasado sábado, su textualidad ya no podía ser modificada.

Las fuentes del Consejo apuntaban que una consulta como la que pretende realizar la Generalitat el próximo 9 de noviembre «supera el ámbito de interés y las competencias de la comunidad autónoma y afecta de lleno al interés de todo el Estado». En consecuencia, llevarla a cabo «pondría en solfa el propio orden constitucional», cuyas vigas maestras son sus artículos 1 y 2.

El primero de estos artículos afirma que «la soberanía nacional reside en el pueblo español» y no en una fracción del mismo, por lo que resulta imposible que «una parte decida por el todo».

El segundo recalca que «la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española». Parece, por tanto, evidente que una consulta dirigida sólo a una parte de los ciudadanos cuyo objetivo último es pronunciarse sobre una nueva relación entre Cataluña y España y, por tanto, modificar la arquitectura del Estado, choca de lleno con la Carta Magna.

Los argumentos del Consejo de Estado y los que ha preparado el Gobierno para sustentar los recursos de inconstitucionalidad encuentran un precedente muy claro en los que se utilizaron en 2008 contra la ley de consultas del lehendakari Juan José Ibarretxe, pero también se apoyan en los cuatro votos particulares emitidos contra el dictamen que el Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña emitió sobre el proyecto de Ley de Consultas no referendarias de Artur Mas.

Esos cuatro votos discrepantes firmados por Pere Jover Presa, Eliseo Aja, Marc Carrillo y Carles Jaume Fernández inciden en el hecho de que «se presenta como consulta lo que es un referéndum» y, por tanto, se vulnera el artículo 149.1.32 de la Carta Magna, según el cual la competencia «exclusiva» para autorizar la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum corresponde al Estado.

Eliseo Aja señalaba en su voto particular que la consulta de Mas es «un referéndum simulado que carece de la habilitación y de las garantías exigidas por la Constitución y por el Estatut», y añadía: «Se presenta como consulta para sortear la autorización del Estado». Además, recalcaba que «la independencia de Cataluña no es una competencia reconocida en el Estatut».