El pacto fiscal de Cataluña: la visión de Ángel de la Fuente

Mikel Buesa, mikelbuesa.wordpress.com, 30/11/11

Ángel de la Fuente, economista e investigador del CSIC en Barcelona, es uno de nuestros mejores expertos en los asuntos relativos a la financiación autonómica. Recientemente ha sido invitado a opinar sobre la propuesta del pacto fiscal de CiU (que se orienta a reproducir en Cataluña el sistema de concierto económico vasco) en el Parlamento regional. La sesión tuvo lugar a puerta cerrada, cosa insólita si tenemos en cuenta que los debates parlamentarios deben ser necesariamente públicos. Sin embargo, el periódico lavozdebarcelona.com ha logrado hacerse con la intervención de Ánge de la Fuente y ha publicado un amplio estracto. Dado que, en este blog, me he interesado en este tipo de asuntos, me parece importante ofrecer ese material a sus lectores.

La aplicación del concierto económico a la Generalidad “no es viable ni constitucional, ni políticamente”

El doctor en Economía y miembro del CSIC Ángel de la Fuente desgrana ante el Parlamento autonómico de Cataluña los motivos por los que es imposible trasladar el modelo vasco y navarro a otras CCAA, y advierte de que este se está implementando de forma sesgada y “enormemente ventajosa” para esos territorios.

El pacto fiscal en la línea del concierto económico que exige CiU “no es viable ni constitucional ni políticamente”, en el primer caso, porque “atenta contra el principio de igualdad” recogido en la Constitución, y en el segundo, “porque comportaría una reducción sustancial de la financiación del resto de las CCAA que sería muy difícil de vender en el resto de España y supondría el suicidio político de cualquier Gobierno central que la aceptase”.

Estas son las conclusiones a las que llegó Ángel de la Fuentemiembro del Instituto de Análisis Económico del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), durante su comparecencia del pasado 7 de octubre ante laComisión de estudio de un nuevo modelo de financiación basado en el concierto económico del Parlamento autonómico de Cataluña, y a la que LA VOZ DE BARCELONA ha tenido acceso íntegro, a pesar de que todas las sesiones de la Comisión se celebraron a puerta cerrada por decisión de CiU, PSC y ERC.

Atentaría “contra el principio de igualdad” constitucional

El experto explicó que la extensión del concierto económico a la Generalidad “tendría muy difícil encaje constitucional porque no existe en este caso ninguna disposición análoga a la disposición adicional primera de la Constitución que pueda justificar la aplicación de un régimen especial de financiación” en Cataluña.

Además, un sistema como este supondría “una muy severa merma en las competencias y recursos tributarios de la Administración Central”, en el caso de aplicarse de forma similar al modelo vasco o navarro, lo que atentaría “contra el principio de igualdad”, que consagra la Carta Magna. En concreto, los artículos 1.1 (‘España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político’), 14 (‘Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social‘), 31.1 (‘Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividadque, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio’), 138.2 (‘Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales’), 139.1 (‘Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado’), y 149.1 (‘El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: 1. La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales’).

“Suicidio político” por la “espiral de reivindicaciones similares”

De la Fuente consideró que “la propuesta tampoco es viable políticamente por muchos motivos, especialmente si se pretende aplicar en los ventajosos términos de los que disfrutan las comunidades forales, porque comportaría una reducción sustancial de la financiación del resto de las CCAA que sería muy difícil de vender en el resto de España y supondría el suicidio político de cualquier Gobierno central que la aceptase”.

Según los cálculos del Doctor en Economía por la Universidad de Pennsylvania y profesor de la Universidad Autónoma de Barcelona, en base a los datos de 2007 -últimos disponibles-, “la equiparación de Cataluña con el País Vasco en términos de financiación por habitante exigiría unos recursos adicionales de entre 11.000 y 16.000 millones de euros que habría que detraer del resto de las CCAA de régimen común, lo que supondría reducir la financiación de estas entre un 8% y un 12%“.

Por otra parte, el efecto dominó convierte la propuesta en políticamente inviable:

“La aprobación de una excepción catalana desataría inmediatamente una espiral de reivindicaciones similares en otras regiones de renta alta, lo que complicaría aún más los problemas citados. Y, con independencia del número de regiones que terminasen accediendo a un régimen de concierto, el resultado del proceso nos dejaría con una organización territorial asimétrica y muy difícil de gestionar y con una Administración Central en una situación muy complicada para ejercer con efectividad sus competencias. Resulta muy difícil pensar que los dos grandes partidos nacionales estén dispuestos a permitir esto, incluso aunque el ganador de las próximas elecciones generales no cuente con una mayoría suficiente para formar gobierno, lo que ahora mismo no parece muy probable”.

El concierto vasco y navarro se está aplicando de forma incorrecta

Sin embargo, De la Fuente puso el acento de su intervención en un aspecto que normalmente pasa desapercibido, y es que el concierto económico del País Vasco y Navarra se está aplicando de forma incorrecta y “enormemente ventajosa”para esos territorios, por tres motivos fundamentales:

“Con una excepción poco significativa, (el llamado Fondo de Compensación Interterritorial) el sistema ha eximido a las regiones forales de contribuir al sistema de nivelación interregional a través del que el Estado aporta recursos a las regiones de menor renta con el fin de que éstas puedan prestar servicios similares a los de territorios más ricos. Esta exención ha reducido la aportación del País Vasco a las arcas estatales en 1.790 millones de euros anuales, según datos de 2007.

El segundo problema es que la valoración del resto de las competencias estatales no transferidas al País Vasco está enormemente sesgada a la baja. Las cifras que se ofrecen sin explicación alguna en un anexo de una página a la última Ley quinquenal del Cupo suponen, en mi estimación, una reducción adicional del cupo de otros 1.740 millones de euros.

El tercer problema tiene que ver con un ajuste en principio técnico que se realiza para conseguir que cada administración se quede con la parte del IVA que en última instancia soportan sus ciudadanos (y no con la que se ingresa físicamente en su territorio, que puede ser muy distinta). El problema surge porque los cálculos necesarios para realizar el ajuste se realizan utilizando valores desfasados de los coeficientes que recogen el peso del País Vasco en el consumo nacional y en la base del impuesto. Según mis cálculos, esto supone otra rebaja de la aportación vasca a las arcas estatales por importe de 950 millones de euros”.

De esta forma, según el experto del CSIC, solo en el caso del País Vasco, la incorrecta aplicación del concierto en el País Vasco, supuso en 2007 que esta Comunidad recibiera una sobrefinanciación de alrededor de 4.500 millones de euros, lo que se habría mantenido de forma similar desde entonces, puesto que no se han modificado los criterios de cálculo. Y lo mismo ocurre en el caso de Navarra, del que no aportó cifras concretas.

País Vasco y Navarra son “subvencionadas por territorios que son más pobres”

“Esta enorme rebaja en la aportación de los territorios forales a la caja común del Estado explica por qué éstos disfrutan de una financiación por habitante (a competencias homogéneas) superior en un 60% a la media de las regiones de régimen común a pesar de contar con una normativa fiscal que tradicionalmente ha sido algo más laxa (especialmente en lo que afecta a los impuestos de sociedades y sucesiones). También explica por qué, pese a tratarse de dos de las regiones españolas de mayor renta per cápita, tanto el País Vasco como Navarra presentan un saldo fiscal positivo”, explicó De la Fuente.

Por ello, “ambas CCAA están siendo subvencionadas por territorios que en promedio son más pobres. Entre estos últimos está Cataluña, cuya contribución a tal subvención rondaría los 1.000 millones de euros“. “Si la ley del Concierto se aplicase de una forma razonable, ambas anomalías desaparecerían, o al menos se mitigarían muy considerablemente. Si la aportación vasca se incrementase en las cantidades previamente señaladas, el País Vasco pasaría a tener un déficit fiscal casi acorde con su renta y su financiación por habitante estaría en 102 con la presión fiscal observada, lo que posiblemente habría que elevar hasta el entorno de 110 si el cálculo se hiciese a igual normativa fiscal. En cualquier caso, la financiación vasca estaría dentro del rango observado para las comunidades de régimen común en vez de muy por encima del mismo, como es el caso actualmente”, insistió.

Así, De la Fuente concluyó que “una cosa es el sistema foral per se, y otra muy distinta la forma específica en la que este se ha aplicado, con resultados escandalosamente favorables para el País Vasco y Navarra“. “El sistema foral en sí no es un buen sistema, aunque podría ser soportable como una anomalía restringida a una pequeña parte del territorio español”, añadió.

“Este modelo no se aplica en ningún país federal, ni siquiera Alemania”

Por último, recordó que este modelo no se aplica en ningún país federal, ni siquiera Alemania, “país al que algunos de ustedes recurren cuando les conviene pero sin explicar (o sin conocer) la historia completa”. “Es cierto que en ese país el grueso de los impuestos los recaudan los estados federados o Lander, lo que desde luego no es una buena idea dado que supone fragmentar la administración tributaria de una forma que aumenta sus costes y reduce su efectividad. Pero una parte importante de los ingresos fiscales corresponde a la Federación. Con muy pocas excepciones, además, la normativa tributaria la dicta la Federación y se aplica de manera uniforme en todo el país, de forma que los Lander no tienen prácticamente ninguna capacidad normativa en materia tributaria y disponen por lo tanto de una autonomía fiscal muy inferior a la que disfrutan las comunidades autónomas españolas“.

E insistió:

“Tal como se ha implementado en la práctica, el sistema de concierto genera una enorme asimetría financiera entre los territorios forales y el resto de las regiones españolas que supone una violación flagrante del principio constitucional de igualdad. […] Quiero destacar que la cuestión central tiene que ver con la igualdad, y no con la solidaridad, la caridad o conceptos similares de ayuda voluntaria al necesitado. Un estado moderno y democrático muy difícilmente podría estar basado en un principio diferente a la igualdad de todos su ciudadanos. Y tal igualdad no puede limitarse a la igualdad formal ante la ley sino que tiene que extenderse a la igualdad de acceso a los principales servicios públicos y a la igualdad en la obligación de contribuir al sostenimiento de las cargas públicas en función de la renta de cada uno. Tal principio exige que los ciudadanos de mayor renta paguen más impuestos que la media para contribuir a financiar el acceso de todos a la sanidad, la educación y otros servicios fundamentales en condiciones similares.

Conviene observar que esto inevitablemente genera déficits y superavits fiscales a nivel individual y, por agregación, a nivel regional dado que la renta no se distribuye de manera uniforme en el territorio. Lo primero lo aceptamos con resignación y naturalidad casi todos. Todos despotricamos contra Hacienda, pero no he visto nunca a nadie de renta superior a la media reclamando seriamente a la Agencia Tributaria que le devuelvan su dinero apelando a argumentos de justicia y a la necesidad de evitar su asfixia económica. No veo por qué la cosa ha de ser distinta a nivel regional. Los saldos fiscales regionales, positivos o negativos, no son más que una consecuencia natural de la necesaria redistribución de la renta a nivel individual y no deberían preocuparnos siempre que (o en la medida en que) sean fruto de normas razonables de reparto de cargas y prestaciones públicas a nivel individual. Lo preocupante son aquellos casos en los que esto no sucede, como el vasco y el navarro”.

Mikel Buesa, mikelbuesa.wordpress.com, 30/11/11