Estrasburgo condena a España a pagar 53.000 euros por no investigar dos casos de torturas

EL CORREO – 08/10/14

· El tribunal europeo da la razón a una etarra condenada por los asesinatos de Puelles y Conde y a un acusado de formar parte de Segi.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a España a indemnizar con más de 53.000 euros a una condena por petenecer a ETA y a un acusado de formar parte de Segi, después de que la corte de Estrasburgo haya considerado probado que las autoridades judiciales de nuestro país no investigaron lo suficiente las denuncias que ambos cursaron.

El desembolso de mayor cuantía –29.000 euros, 25.000 por daños morales y 4.000 por el coste del procedimiento– será para la miembro de ETA Beatriz Etxebarria Caballero, que acusó a los agentes de la Guardia Civil que la custodiaron en 2011 en Madrid durante el periodo de incomunicación de haberla maltratado y abusado sexualmente de ella.

Los magistrados europeos también acordaron una indemnizaciónde 24.000 euros –20.000 por daños morales y 4.000 por los gastos del procedimiento– a favor de Ohian Unai Ataun Rojo, un miembro de Segi que fue arrestado en noviembre de 2008 y que permaneció cuatro días en situación de incomunicación.

Etxebarria, nacida en 1978 y que todavía sigue presa en Soto del Real, fue miembro del ‘comando Otazua’ de ETA. Fue condenada a 485 años de cárcel por el asesinato del brigada del Ejército Luis Conde con un coche bomba colocado ante el Patronato Militar de Santoña, en Cantabria, en septiembre de 2008, y a otros 45 años de prisión por el homicidio del policía nacional Eduardo Puelles en junio de 2009, en las afueras de Bilbao. Además, fue condenada a otros 860 años de cárcel por la colocación de la furgoneta cargada de explosivos que estalló junto a la casa cuartel de Burgos en julio de 2009, provocando más de 160 heridos, entre ellos unos 40 niños.

Su denuncia de malos tratos fue archivada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Bilbao. Sin embargo, Estrasburgo considera que España no llevó a cabo «las investigaciones efectivas que se imponían por la situación de vulnerabilidad de los demandantes en detención incomunicada».

«Profunda y efectiva»

El tribunal europeo entiende que la Justicia española no hizo una «profunda y efectiva» investigación de los hechos denunciados. Es más, sostiene que la juez de Instrucción número 1 de Bilbao, a la que correspondió la denuncia, se limitó a examinar los informes de los médicos forenses que examinaron a la detenida. La magistrada, según la corte, solo leyó las copias de las declaraciones de los forenses, sin llegar nunca a escuchar a Etxebarria ni reclamar las grabaciones de las cámaras de seguridad de la Dirección General de la Guardia Civil, donde estuvo incomunicada.

Por ello, la sentencia concluye que España violó el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece que «nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes».

La condena a España por el caso de Ataun Rojo es por idénticos motivos. Estuvo incomunicado durante cuatro días tras su arresto en Navarra el 10 de noviembre de 2008 en una operación contra la organización juvenil Segi. Denunció haber sufrido torturas durante su detención, pero el juez de Instrucción de Pamplona aseguró que no había el «menor indicio de criminalidad» en la actuación de los funcionarios sin abrir una verdadera investigación sobre los hechos, de acuerdo a la sentencia de Estrasburgo. Con posterioridad a estos hechos, Ataun Rojo fue condenado a un año de prisión por un delito de enaltecimiento del terrorismo al haber exhibido fotografías de presos etarras durante una carrera popular en 2009 en la capital navarra.

EL CORREO – 08/10/14