La Generalitat da cobertura legal a las «embajadas» del despilfarro

ABC 28/12/14

· La Ley de Acción Exterior crea una estructura diplomática paralela

La Generalitat de Cataluña ha puesto ya en marcha la Ley de Acción Exterior y de Relaciones con la Unión Europea, que busca dar cobertura a algunas de las actuaciones emprendidas por el Gobierno de la Generalitat, como el despliegue de «embajadas» por el mundo, los numerosos viajes al extranjero del presidente y otros altos cargos o la creación de una Diplomacia catalana (Diplocat), en paralelo a las estructuras del Estado español.

ABC informó el pasado lunes de que la Generalitat ha elevado a 20 millones el gasto en Acción Exterior durante 2015. En el otro lado de la balanza están la mayoría de las comunidades autónomas, que no han dudado en sumarse al plan del Gobierno para ahorrar costes integrando sus oficinas en el extranjero en la red de embajadas españolas. Las cifras publicadas por ABC hablan por sí solas: mientras Mas se ha gastado 6,3 millones en los últimos tres años, las comunidades que se sumaron al plan del Ejecutivo ya han ahorrado 3,5 y está previsto que recorten 22 millones en tres años.

«Embajadas» autonómicas
Uno de los títulos de la ley está dedicado a la Representación de la Generalitat en el exterior y en él se indica que puede crear delegaciones y oficinas sectoriales en el exterior «en los países y áreas geográficas que considere prioritarios para la promoción de los intereses de Cataluña, atendiendo las necesidades reales del país y en coherencia con el Plan estratégico de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea».

Pese a las dificultades presupuestarias por las que atraviesa el Gobierno de Artur Mas, Cataluña es, junto con el País Vasco, una de las dos comunidades que ha rechazado de manera expresa incorporar a sus representantes en el exterior a las Embajadas españolas en el mundo. Por el contrario, ha continuado una política de expansión, con aperturas de nuevas oficinas, en contra de lo que han hecho otros Gobiernos autonómicos logrando un considerable ahorro para las arcas del Estado.

Dado que, según la nueva Ley de Tratados aprobada por el Gobierno de España, las comunidades autónomas no podrán firmar tratados internacionales, sino solo acuerdos internacionales que ejecuten o concreten esos tratados o declaración de intenciones que no impliquen obligaciones, la ley de Acción Exterior de Cataluña trata de que la Generalitat pueda, al menos, influir en la firma de los tratados.

De esa forma, se indica que la Generalitat podrá solicitar al Ejecutivo toda la información que tenga sobre materias que son competencia de Cataluña y remitirá las observaciones que considere pertinentes sobre la negociación.

Asimismo, la Generalitat podrá pedir que sus representantes se integren en las delegaciones que negocien tratados internacionales que tengan como ámbito materias de su competencia o de interés para Cataluña.

Rechazo de PP y Ciudadanos
La nueva ley de Mas contó con el apoyo de la mayoría de las fuerzas políticas del Parlamento catalán y con la oposición de Ciutadans y del PP, que vieron en la norma un intento por afirmar las tesis soberanistas. Los populares entendían que la Ley pretende ser una especie de contrarreforma a la Ley de Acción y del Servicio Exterior aprobada poco antes por el Gobierno central y que invadía competencias del Estado, al hablar de «diplomacia pública de Cataluña» y al defender que la Generalitat pueda establecer relaciones bilaterales con Gobiernos de otros países.

Proyección de Cataluña
La ley, que en ningún momento es presentada como un instrumento de apoyo a la política exterior de España, ha sido cuidadosamente preparada desde el punto de vista jurídico para que no entre en colisión con lo establecido en el artículo art. 149.1.3 de la Constitución Española, que señala expresamente que es el Estado el que tiene la competencia exclusiva en las relaciones internacionales.

Pero, a la vez, interpreta de manera amplia la sentencia del Tribunal Constitucional del 26 de mayo de 1994, que reconoció que las Comunidades Autónomas pueden llevar a cabo acciones de ámbito exterior en el ejercicio de sus competencias, aunque señalando que eso podrá ser así, siempre que «no originen obligaciones inmediatas y actuales frente a poderes públicos extranjeros, no incidan en la política exterior del Estado y no generen responsabilidad de este frente a Estados extranjeros u organizaciones internacionales o supranacionales». Además, considera que el Estatuto de Cataluña no solo permite, sino que obliga a la Generalitat a tener acciones en el exterior.

Toda la ley rezuma el deseo de que Cataluña ejerza acciones en el exterior con independencia de la política exterior que desarrolle el Estado español. Así, se señala que el objetivo de la norma es alcanzar «la máxima proyección exterior de Cataluña y la máxima promoción en el exterior de sus intereses» y «el posicionamiento de Cataluña en el exterior como actor internacional activo en relación con materias que son competencia de la Generalidad o de interés para Cataluña».