Ni prisión ni inhabilitación por el ‘caso Faisán’

EL MUNDO 03/10/14

· La Audiencia suspende la ejecución de la condena mientras se resuelve el indulto

Los dos policías condenados por el caso Faisán podrán aguardar libres y en el mismo puesto del Cuerpo Nacional de Policía a que se resuelva su petición de indulto. La Sección tercera de lo Penal, la misma que dictó sentencia, acordó ayer suspender la ejecución de la condena hasta que el Gobierno se pronuncie sobre la medida de gracia.

La decisión cuenta con el respaldo de la Fiscalía, que informó favorablemente a la suspensión. Por contra, Dignidad y Justicia y la AVT se opusieron.

La Audiencia Nacional condenó al ex jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamies, y del inspector José María Ballesteros a una año y medio de prisión y cuatro de inhabilitación por un delito de revelación de secretos de carácter grave, por haber advertido al dueño del bar Faisán y miembro de la red de extorsión de ETA sobre una inminente operación policial. En cuanto el Tribunal Supremo confirmó la condena, ambos reclamaron la suspensión.

El tribunal considera «plenamente justificada» la suspensión, ya que se cumplen los criterios que marca el artículo 80 del Código Penal. Pamies y Ballesteros han sido condenados a penas de prisión inferiores a dos años, no tienen responsabilidad civil pendiente ni están a la espera de que se resuelvan otros procedimientos penales contra ellos.

Los magistrados Alfonso Guevara, Guillermo Ruiz-Polanco y Antonio Díaz Delgado también tienen en cuenta que el Código penal indica (art. 4) que «si mediara petición de indulto […] también podrá el Juez o Tribunal suspender la ejecución de la pena, mientras no se resuelva sobre el indulto cuando, de ser ejecutada la sentencia, la finalidad de éste pudiera resultar ilusoria».

El tribunal entiende que si ingresaran en prisión –y dada la parsimonia con la que se pueden resolver estos asuntos– una decisión favorable podía llegar con la pena casi cumplida. «En el presente caso dada la duración de la pena privativa de libertad podrá hacer ilusorio el resultado del indulto solicitado», dice la resolución.

Pero la suspensión no se limita al ingreso en prisión, que era prácticamente automático conforme a los usos del tribunal, sino que se extiende también a la condena de inhabilitación, que por sí sola suponía la expulsión de ambos del Cuerpo Nacional de Policía.

También esos cuatro años de inhabilitación quedan en suspenso. El tribunal ordena que se comunique su resolución –como en su día comunicó la firmeza de la condena– a la unidad de régimen disciplinario de la Policía, por los efectos que pueda tener la suspensión de la inhabilitación en el procedimiento de expulsión del Cuerpo de ambos. En sus escritos de petición de suspensión, los policías habían pedido expresamente al tribunal que informaran de su resolución a la Dirección General de la Policía.

La suspensión acordada ayer tiene una limitación temporal. Se prolongará «hasta que se resuelva la petición de indulto que han solicitado». Es decir, que si hay una respuesta negativa por parte del Gobierno, el tribunal volverá a tener encima de la mesa la cuestión de suspender o no tanto el encarcelamiento efectivo como la inhabilitación.

Desde que el Supremo cerró la vía judicial, los policías han presentado recursos de amparo ante el Constitucional y han solicitado al Gobierno que les conceda el indulto. En el caso de Pamies, reconociendo los hechos y explicando que él solo cumplía órdenes y que no sabía que lo que le pedía Pamies era avisar a ETA.
«Me limito a cumplir un cometido policial, la orden de un superior, no sólo de un superior, sino del jefe superior de Policía del País Vasco, pero evidentemente sin conocimiento alguno del cometido, sin conocimiento de la zona, sin conocimiento de la gente, y sin más información que la de ir a un sitio y hacer entrega de un terminal móvil», dijo José María Ballesteros en su petición de indulto presentada ante el ministerio de Justicia el pasado mes de julio.

Esa confesión ya había sido adelantada in extremis en la vista oral del recurso de casación. El argumento convenció a uno de los magistrados del Supremo, que quedó en minoría respaldando su absolución.

«Lo peor», añadía Ballesteros en la petición de indulto, «es que eso lo sabe todo el mundo, que cualquier policía hubiese obrado exactamente igual que yo». «Pero lo más gravoso del asunto», concluía, «es que no se puede apartar a una persona de una profesión a la que ha dedicado su vida por un delito que no ha cometido, hundiendo en la más absoluta de las miserias morales tanto a mí mismo, como a toda mi familia, no merecedora de esto».

Antes de resolver sobre el indulto, el Gobierno deberá contar con los informes favorables o contrarios, pero en ningún caso vinculantes, tanto de la Fiscalía como del tribunal que les condenó.