EL CORREO 20/03/13
El juzgado de lo Penal de Bilbao ha absuelto a los dos profesores de la UPV acusados de un delito de prevaricación administrativa por permitir los estudios de dos deportados de ETA. En la sentencia, fechada el lunes pero dada a conocer ayer, la magistrada hace suyos los argumentos de la defensa al considerar que los imputados no cometieron delito alguno, ya que se encontraron ante una situación «que les vino dada» –era una práctica habitual y conocida en la universidad desde hace años– y que, además, formaba parte de su carga docente.
Los dos acusados eran los profesores Xabier Aierdi y Enrique Antolín. Ambos se enfrentaban a penas de entre ocho y nueve años de inhabilitación, en base a las peticiones presentadas por la Fiscalía y la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) y Voces contra el Terrorismo, respectivamente. Según rezaban los escritos de acusación, Aierdi y Antolín habrían permitido que cursaran sus estudios en la UPV los etarras Ángel Lete Etxaniz, deportado a Cabo Verde, y Belén González Peñalva, que se encontraba en la República Dominicana. Los dos terroristas entraron a formar parte del alumnado de la universidad en virtud de los mecanismos previstos en el «sistema de alumnado en situación especial», destinado a los reclusos, si bien no estaban en prisión.
Lete Etxaniz fue deportado por Francia a Cabo Verde el 21 de agosto de 1985, país donde trabajó como profesor de Historia y en el que permaneció hasta que falleció el 7 de diciembre de 2002. Allí cursó, como parte del sistema de alumnos presos de la UPV, la carrera de Filosofía, desde 1987 hasta 1992, y la de Ciencias Políticas, entre 1992 y 2001. Por su parte, González Peñalva estuvo deportada por el país galo en la República Dominicana desde el 18 de abril de 1989 hasta octubre de 1999, cuando huyó de nuevo a Francia. Fue detenida dos meses después. Durante el periodo en el que estuvo en el país caribeño cursó la licenciatura de Ciencias Políticas. Aprobó toda la carrera salvo una asignatura, que superó estando ya en prisión, en septiembre de 2001.
Satisfacción en la facultad
La resolución, en la que la juez recuerda que el Derecho Penal sólo se ocupa de sancionar «los ataques conscientes y más graves a la legalidad» y no la «mera contradicción», constata que los dos profesores tuvieron que impartir docencia a los deportados una vez fueron aceptadas sus respectivas matrículas y que, dentro del «ámbito de la libertad de cátedra», escogieron el método de evaluación que consideraron oportuno. Tanto la Fiscalía como la AVT acusaban a Aierdi de contribuir «directamente a la arbitrariedad del sistema influyendo en 2001 en un docente». En concreto, y según se recoge los escritos presentados por ambas partes, se trataba de Iñaki Pariente, a quien el profesor imputado habría recomendado que evaluara a Belén González de la asignatura de Derecho Internacional Público mediante un trabajo. En el transcurso del juicio, los testigos –más de una treintena de compañeros de la UPV– destacaron este sistema tan válido como la opción del examen.
En la sentencia, la magistrada considera que, dado que no existía una reglamentación concreta sobre estudiantes deportados, la universidad aplicó por «analogía» la «única norma existente en aquella época», y que era la relativa a los presos. Constata, en este sentido, que esta interpretación no sólo no fue puesta en duda por los dos profesores imputados, sino que tampoco fue «cuestionada por su posible irregularidad» entre otros docentes e, incluso, los equipos decanales. El exrector Peio Salaburu llegó a asegurar durante la vista oral que él mismo habría entendido que había que aplicarles la misma consideración que a los reclusos.
La jueza se basa en estos argumentos para declarar la absolución de los implicados. La resolución, ahora bien, no es firme, por lo que las acusaciones podrán presentar recurso de apelación en un plazo de diez días ante la Audiencia Provincial de Bizkaia. La UPV, que se volcó en apoyar a Antolín y Aierdi, remitió ayer un comunicado en el que expresó su satisfacción por el sentido del fallo.