Los tres implicados en el ‘caso Atutxa’ tendrán que dar las gracias al Estatuto del que tanto reniegan, porque les ha salvado su ordenamiento, estableciendo que los miembros del Parlamento son inviolables. Ironías de la política. Pero se sienta un precedente inquietante: con la inviolabilidad parlamentaria, el Código penal se para en las puertas del Parlamento.
El ex presidente del Parlamento, Juan Mari Atutxa, absuelto. Por mucho que se creyera que desobedeció al Tribunal Supremo al no disolver, en su día, al grupo parlamentario de la ilegalizada Batasuna, tal como le ordenaba el Tribunal Supremo, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco le salva los trastos. Pero hay que leer atentamente los fundamentos de la sentencia en la que se absuelve a los acusados, no por considerar que no incurrieron en delito sino porque el Tribunal dice que no puede pronunciarse ante «la carencia de jurisdicción».
Ojo al dato. ¿Y por qué no puede juzgar este Tribunal? Sencillamente porque se trata de tres parlamentarios que en el momento en el que no cumplieron con las órdenes del Alto Tribunal, gozaban de inviolabilidad parlamentaria. Así es que, tal como se presumía en el ambiente, Atutxa lo consiguió. Con él, se benefician Gorka Knörr, que se ha quedado sin escaño y sin partido que lo fundó, y Kontxi Bilbao, de Ezker Batua.
Los tres, pues, además de ser conscientes de que la fragilidad de prueba de cargo y la inhibición del Ministerio Fiscal les estaba resultando favorable en todo el proceso, tendrán que dar las gracias, sobre todo, al Estatuto. Porque ha sido el Estatuto, el ordenamiento de Gernika del que tanto reniegan los nacionalistas, el que ha salvado a los implicados en el ‘caso Atutxa’ de una condena, que tampoco iba a pasar de una multa y una inhabilitación, porque, en él, se explicita que los miembros del Parlamento vasco son inviolables por los votos y opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo.
Ironías de la política. Quien se sentirá ciertamente realizado será el jelkide Egibar que repitió hasta la saciedad aquello de que la Cámara vasca no podía estar sometida al tribunal «de turno» porque la sentencia le viene a dar la razón. Si con la inviolabilidad parlamentaria hemos topado, eso quiere decir que el Código penal se para en las puertas del Parlamento vasco.
Y cuando eso ocurre, la prerrogativa se convierte en un privilegio. Queda claro que la libertad de expresión de un parlamentario es infinitamente mayor que la de un ciudadano y, desde luego, sienta un precedente inquietante. Dicen los magistrados que se han estudiado la sentencia que, a partir de hoy, las parlamentarias comunistas de las Tierras Vascas , por ejemplo, (¡cómo le gustaría a Otegi ocupar sus escaños!) se sentirán, si cabe, más blindadas que nunca.
De lo que no se libró Atutxa, y bien que intentó todo lo que estaba en su mano para paralizar el juicio, es de haber comparecido ante el Tribunal Superior porque se consideró que había indicios suficientes como para que hubiera juicio. Pasado el trago, sin embargo, recibe una absolución en la que no se habla de inocencia.
Tonia Etxarri, EL CORREO, 9/11/2005