EL MUNDO 06/02/15
La Justicia ha dado un severo varapalo a la Diputación de Guipúzcoa, gobernada por Bildu, y a su estrategia de conceder subvenciones con fines políticos, al obligar a la institución a recuperar los 600.000 euros que concedió a una ikastola situada en el País Vasco francés.
El Gobierno que encabeza Martin Garitano acordó el 23 de abril de 2013 destinar una partida de 600.000 euros a la ikastolaXalvador, ubicada en la localidad vascofrancesa de Cambo, para sufragar los gastos de renovación y ampliación del centro durante los ejercicios 2013, 2014 y 2015 –a razón de 200.000 euros anuales–, en la que ha sido la subvención directa más cuantiosa otorgada a lo largo de la legislatura.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha anulado ahora esta ayuda y ha condenado al Ejecutivo foral a recuperar el dinero otorgado al colegio. El TSJPV ha estimado el recurso presentado por la Abogacía del Estado a instancias del delegado del Gobierno en Euskadi, Carlos Urquijo, que había ordenado acudir al Contencioso-Administrativo para invalidar esta subvención ante la «falta de competencia» del
Gobierno foral para financiar una ikastola situada en Francia y la «inexistencia de cualquier punto de conexión» entre Guipúzcoa y el colegio francés beneficiario de la ayuda. Además, argumentó que la ayuda, que se canalizó a través de un convenio firmado por ambas partes, infringía varios artículos de la Ley General de Subvenciones.
La sentencia, que es firme y contra la que no cabe recurso ordinario, da la razón a la Abogacía del Estado y determina que «no hay título, instrumento o punto de conexión territorial que ampare la actuación de la Diputación», de modo que la subvención «no atiende a los intereses generales cuya representación y administración le corresponden».
El fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, fechado el 22 de enero y al que ha tenido acceso EL MUNDO, establece que «ni se ha establecido ni puede establecerse ningún punto de conexión entre la ayuda concedida al colegio Xalvador, establecido en territorio francés, y el ámbito de actuación de la Diputación» en relación a la «finalidad de la ayuda, a sus efectos, condición o vinculación de sus beneficiarios con el territorio foral». Precisa que la Diputación «no puede sustraerse a los límites que determinan el ejercicio de sus competencias, sean éstas de régimen común o propias de su régimen especial». En este sentido, señala que no se discute la promoción del euskera, sino que se excede el ámbito del territorio de Guipúzcoa.
Asimismo, señala que la norma foral de subvenciones a la que se acoge el Gobierno de Garitano «no es óbice» para que la partida otorgada «vulnere» varios preceptos de la Ley General de Subvenciones. Así, señala que la ayuda fue concedida «sin que se hubiera aprobado previamente el plan estratégico por esta norma, con los requisitos y finalidades» que el Tribunal Supremo señala como necesarios. Además, expone que «no se ha acreditado que concurriesen razones de interés público o de otra clase que hubieran impedido la convocatoria pública» de la ayuda, que fue otorgada de forma directa y no a través del procedimiento ordinario.
Al otorgar la subvención, Garitano enmarcó la actuación foral en la «responsabilidad» institucional y en la «necesaria solidaridad y cooperación» con la ikastola por «todos los obstáculos que la Administración francesa pone a la normalización del euskera». Con la ayuda, la Diputación evidenció su rebeldía contra la ley a la que se acoge la Subprefectura de Bayona para negar el apoyo económico a las ikastolas, por no ser el euskera un idioma oficial.
En su argumentación, el Ejecutivo foral apuntaba a que su competencia para otorgar la ayuda está amparada por la Carta Europea de las Lenguas Minoritarias, que ha sido ratificada por España. Sin embargo, el TSJPV replica que, si bien este documento es «un instrumento para la promoción del euskera, entre otras lenguas, más allá de los límites territoriales de un Estado», no se trata de «un título que legitime a la Diputación para tomar acuerdos o estipular convenios que hayan de producir efectos, con cargo a sus Presupuestos, fuera de su ámbito territorial».
El Gobierno de Garitano planteaba igualmente la «falta de legitimación» del Estado para presentar un recurso, pero el tribunal echa por tierra estos argumentos y faculta al Ejecutivo español a impugnar los acuerdos que infrinjan la legislación estatal o vulneren los límites territoriales al ejercicio de las competencias de los entes públicos.
El delegado del Gobierno en Euskadi celebró en declaraciones a este periódico el contenido de la sentencia, destacando que «está claro que no todo vale para la ficticia construcción nacional a la que tanto empeño dedica Bildu, con el dinero de todos los contribuyentes».