Bildu desobedece a los jueces y se niega a eliminar pintadas proetarras en Navarra

ABC 03/01/13

Los Ayuntamientos de Arbizu y Echarri Aranaz desoyen durante un mes los requerimientos para erradicar los mensajes de exaltación a ETA.

Hace unos días se cumplió el mes que tenían de plazo los ayuntamientos navarros de Echarri Aranaz y Arbizu para limpiar las pintadas en las que se exalta a ETA en las calles de ambas localidades. Como ha podido comprobar ABC, los murales continúan donde llevan ya varios años. El caso de Echarri Aranaz es especialmente sangrante. En la rotonda de entrada a la localidad se encuentra el mural que homenajea a tres terroristas del pueblo fallecidos, y una pintada en la que se puede ver al etarra Bautista Barandalla, en libertad condicional desde 2009 debido a la enfermedad que padece. Además, en las banderas que dan la bienvenida no se encuentra la española ni la europea y, sin embargo, sí está la enseña del Arrano Beltza propio de la izquierda abertzale y en el letrero que señala la dirección hacia Pamplona se ha tachado la nomenclatura en castellano y sólo se lee el nombre en euskera.

Hace unos días, preguntados por ABC varios concejales de la formación abertzale, entre los que se incluían ediles tanto de Echarri como de Arbizu, aseguraron que los ayuntamientos de Bildu obedecían los requerimientos de la Delegación del Gobierno. Y justificaron la presencia de los murales al encontrarse en espacios privados donde los consistorios no pueden actuar. Concretamente, el mural con el anagrama de ETA que se puede ver en las paredes de la iglesia de Arbizu corresponde su limpieza al Arzobispado de Pamplona y el mural de Echarri Aranaz se encuentra en la pared de la bajera de un particular.

No es la primera vez

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra es claro a este respecto. Y más concretamente sobre la pintada de Arbizu. Porque éste no es el primer requerimiento que se le hace al Ayuntamiento. Han sido numerosos e, incluso, han sido los propios tribunales quienes les han conminado a proceder a la limpieza. Según una sentencia del TSJN del 8 de marzo, los propietarios de toda clase de construcciones y terrenos tienen el deber de «ejecutar las obras de conser vación y reforma en fachadas o espacios visibles desde la vía pública, que ordenen los ayuntamientos». Y también «permitir la realización por la Administración pública competente de los trabajos que sean necesarios para realizar labores de control, conservación o restauración del medio».

Obligación municipal

Es decir, los ayuntamientos no tienen la obligación de esperar a que el propietario proceda a la limpieza de las fachadas, sino que tienen la obligación de proceder a estas labores. «Esta obligación que le viene impuesta al Ayuntamiento deberá ser ejecutada de forma inmediata, de manera que si así no lo hiciere, la Administración requirente la llevará a cabo por vía subsidiaria y a cosía de dicho ente local», afirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Hay que recordar que esta sentencia, referida a las pintadas de Arbizu, es del pasado marzo. Es decir, el incumplimiento del último requerimiento emitido por la Delegación de Gobierno no es sino uno más de una larga lista.

Pero la «obediencia» de los ayuntamientos no se limita a las pintadas. Más de una decena de localidades navarras han recibido el requerimiento de que cumplan con la Ley de Símbolos y coloquen las banderas correspondientes en las fachadas consistoriales. El propio Parlamento de Navarra aprobó en el último pleno antes de Navidad una nueva normativa según la cual, los ayuntamientos que no la cumplan serán sancionados sin recibir las ayudas del Gobierno.

ABC 03/01/13