Las pruebas subjetivas que el TC opone a las apabullantes pruebas objetivas del Supremo no son más que el engaño indispensable con el que se persigue un fraude de ley monumental, que no hubiera podido prosperar si los candidatos de Bildu pertenecieran a Batasuna o no dijeran que rechazan la violencia.
L a imagen del etarra Errandonea, en libertad tras veinticinco años de condena, pidiendo el voto, pancarta en mano, para Bildu, no solo ha disipado públicamente toda duda sobre la relación entre esa coalición electoral y ETA-Batasuna -que es la que hay entre un producto y su hacedor- sino que ha puesto en un ridículo espantoso a los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) que negaron, utilizando incluso para ello malos modos con los jueces cuya sentencia revisaban, que tal vínculo pueda jurídicamente demostrarse.
Así lo había hecho, sin embargo, el Tribunal Supremo en un pronunciamiento en el que, a través de un montón de pruebas objetivas, suministradas por las fuerzas de seguridad, quedaba de aquella relación constancia incontestable. Tanta que, como se pone de relieve en el voto particular del magistrado Manuel Aragón a la sentencia del TC que anula la del Supremo, la coalición no llega a impugnar en su recurso de amparo ¡«la validez de los elementos probatorios en los que funda su convicción» el Tribunal Supremo!
Aragón, el único magistrado del TC que, ahora por segunda vez (tras la sentencia del Estatuto catalán) ha defraudado las expectativas de quien lo nombró para ese cargo (en su caso, el Gobierno de Zapatero), ha hecho así lo que, debiendo ser normal, resulta en el caso de este TC absolutamente excepcional. Y al hacerlo, no solo se ha negado a votar con esa llamada mayoría progresista en la que él mismo se incluiría, si no que ha escrito un voto particular que destroza literalmente la posición de la exigua mayoría (6 a 5) que dio a Bildu vía libre.
Según ella, las pruebas objetivas contra la coalición serían insuficientes para excluirla del proceso electoral por dos razones: porque, consideradas de forma individualizada, no permiten sostener la tesis del Supremo; y porque existen, además, elementos subjetivos para rechazar sus pruebas objetivas: la no pertenencia a Batasuna de muchos de los candidatos de Bildu y su rechazo a la violencia.
No hay que ser un fino jurista, sin embargo, aunque Aragón lo es, para entender, como él lo hace, que la nueva valoración probatoria del TC excede de sus funciones como garante de la Constitución. Y, lo que es más importante, para concluir que las pruebas subjetivas que el TC opone a las apabullantes pruebas objetivas del Supremo no son más que el engaño indispensable con el que se persigue un fraude de ley monumental, que no hubiera podido prosperar si los candidatos de Bildu pertenecieran a Batasuna o no dijeran que rechazan la violencia.
Con ello pretendían solo conseguir el resultado de entrar en el juego electoral, violando la Ley de Partidos, que el TC interpreta también de un modo delirante. Y porque ya lo han conseguido es por lo que ahora se atreve un etarra a pedir, sin disimulo, el voto para Bildu.
Roberto Blanco Valdés, LA VOZ DE GALICIA, 13/5/2011