Cataluña desafía al Gobierno y crea un impuesto sobre los depósitos bancarios

EL CORREO 19/12/12

El decreto aprobado ayer por el Govern prevé sanciones por «deslocalización» del capital y deducciones por arraigo.

BARCELONA. La Generalitat de Cataluña desafió ayer al Gobierno central al aprobar un impuesto sobre los depósitos bancarios, con el que se propone recaudar 500 millones de euros al año. De esta forma, el Govern de Artur Mas sale al paso de la decisión anunciada la pasada semana por el Ejecutivo de Mariano Rajoy de crear un impuesto estatal del 0% sobre los depósitos en los bancos, medida con la que pretendía evitar que cada autonomía tenga una tasa propia, como ya ocurre en Extremadura, Canarias y Andalucía.

El portavoz en funciones de la Generalitat, Francesc Homs, justificó el nuevo tributo para «blindar este espacio fiscal» ante una «maniobra fea» como la del Gobierno, al que la Administración catalana acusa de cerrarle el paso a cualquier vía para obtener ingresos. La semana pasada, el Govern ya acusó al Gabinete de Rajoy de «sabotaje legal» a sus ingresos al llevar el euro por receta al Tribunal Constitucional, una medida que buscaba reducir el déficit público.

Homs argumentó que el tributo estatal del 0% «formalmente no existe», ya que fue anunciado pero aún no está aprobado, lo que permite a Cataluña anticiparse al mismo. Según sus cálculos, tienen un mes de margen para convalidar el decreto en el Parlament y mantener así su competencia sobre este asunto. Para asegurar su aplicación, utilizará la misma «técnica» retroactiva que el Gobierno de Rajoy y empezará a recaudarlo desde «el 30 de noviembre», anunció el portavoz. Asimismo, admitió que la decisión de crear este tributo se adoptó tras las conversaciones entre CiU y ERC para sellar un acuerdo de legislatura, dado que los republicanos exigían nuevos impuestos para reducir los recortes en 2013, ejercicio que la Generalitat deberá cerrar con un déficit del 0,7 % del PIB.

Tipos de hasta el 0,5%

Según el decreto ley, que consta de doce artículos, el impuesto se aplicará a los depósitos a la vista y a plazo captados en Cataluña por entidades financieras que tienen su sede, o al menos oficinas, en esta comunidad. Si una entidad financiera capta depósitos por valor de hasta 150 millones de euros en Cataluña, se le aplicará un gravamen del 0,3%; de esta cantidad hasta los 600 millones, se aplicará el tipo del 0,4% y de los 600 millones en adelante, el gravamen será del 0,5%.

Aun así, habrá deducciones de la cuota resultante en 200.000 euros para aquellas entidades de crédito cuya sede esté en Cataluña, y de 5.000 euros por cada sucursal u oficina que tengan en Cataluña, una cantidad que será de 5.500 euros si estas están situadas en municipios con un padrón inferior a 2.000 habitantes. También habrá deducciones por aquellos créditos, préstamos e inversiones destinados a finalidades de interés social, utilidad pública y, en general, de promoción económica en Cataluña, con proyectos público-privados en territorio catalán o bien para aquellos fondos relacionados con la obra social de estas entidades.

La normativa catalana contempla como «infracción grave la deslocalización de depósitos que, provenientes de oficinas situadas en Cataluña, se contabilicen en oficinas situadas fuera de este territorio». «La sanción tributaria correspondiente a la infracción por deslocalización de depósitos será igual al 50% de la cuota dejada de ingresar por este concepto», añade el texto del decreto, que se publicará hoy en el Diario Oficial de la Generalitat y entrará en vigor mañana. En caso de reincidencia, «la sanción podrá llegar al 100 % de la cuota dejada de ingresar», concreta otro artículo del decreto.

El texto precisa que la obligación de información por parte de las entidades financieras será efectiva a partir del trimestre iniciado el pasado 1 de octubre, y que la Agencia Tributaria de Cataluña, que asumirá la recaudación del tributo, aprobará antes del 28 de febrero de 2013 el correspondiente modelo, para que las entidades financieras puedan rendir cuentas por este impuesto en dicho trimestre antes del 31 de marzo de 2013. Así pues, las entidades de crédito con oficinas abiertas en Cataluña estarán «obligadas a notificar a la Agencia Tributaria de Cataluña» los datos correspondientes a este impuesto.

Estarán exentos de este impuesto el Banco de España, el Banco Central Europeo, el Banco Europeo de Inversiones, el Instituto de Crédito Oficial, las secciones de crédito de las cooperativas y, con carácter general, las autoridades de regulación monetaria.

Visos de inconstitucional

La respuesta del Gobierno central a la maniobra catalana no se hizo esperar. Según Cristóbal Montoro, la Constitución impide adoptar «por la vía del decreto ley» «decisiones que mermen la capacidad económica de los sujetos pasivos y que supongan una restricción de derechos». Otras dos razones dejarían en fuera de juego a la Generalitat, según el ministro de Hacienda: la retroactividad del impuesto a 30 de noviembre, que «no se puede hacer por real decreto ley», y el que haya sido aprobado por un Gobierno en funciones, que a su juicio «no tiene legitimidad para crear nuevos impuestos».

También la patronal bancaria se opone al nuevo impuesto. La Asociación Española de Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) coinciden en que este tipo de medidas deben adoptarse «a nivel estatal» porque, de lo contrario, «fragmentan la unidad del mercado financiero español».

EL CORREO 19/12/12