JON JUARISTI-ABC

  • Si el consentimiento no se ha otorgado ante fedatarios públicos, lo que no suele ser frecuente, todo queda en la palabra de una parte contra la de la otra

‘Les choses humaines’ (‘El acusado’, en su versión española) es una película francesa de 2021, dirigida por el francoisraelí Yvan Attal, en la que actúa su mujer, Charlotte Gainsbourg, hija de Serge Gainsbourg y de Jane Birkin, los de ‘Je t’aime, moi non plus’, uno de los himnos de la revolución de las costumbres en mayo del 68. Hay que verla para entender, aunque sea solo en parte, el caos jurídico y moral que ha introducido en el Derecho la cuestión del obligado consentimiento explícito en todas las relaciones sexuales. Mientras se hacen con ella en alguno de los canales de alquiler, me limitaré a exponer un par de reflexiones personales acerca de dicho asunto.

En primer lugar, la complejidad jurídica del mismo se ha camuflado detrás de un eslogan, el machacón ‘solo sí es sí’, que no se le cae de la boca a los miembros del Gobierno, pero que en el caso de las ministras –en particular, de la de Igualdad y su cuadrilla– ha cobrado la dimensión de un verdadero Trastorno Obsesivo Compulsivo que se agrava día a día, impidiéndoles preguntarse si hay alguna solución razonable para la catástrofe inducida por la Ley 10/2022 de 6 de septiembre. Sospecho que no la tiene, pero ellas (y ellos) deberían esforzarse un poco más en buscarla, que para eso les pagamos, en vez de repetir el mencionado mantra propagandístico, aún admitiendo que este no deja de ser pegadizo.

El problema reside, con independencia de la asimilación de todos los delitos sexulales a una sola categoría que se ha nivelado a la baja, en la práctica imposibilidad de demostrar si ha existido o no consentimiento cuando no existen pruebas convincentes de violencia física ejercidas por una parte contra la otra (no es pertinente el sexo de cada una, porque puede existir violencia, abuso o violación tanto en relaciones heterosexuales como homosexuales). La imposibilidad de demostrar el consentimiento es casi general en el caso de relaciones fugaces o aleatorias como la que Yvan Attal pone en escena, donde no hay signos de violencia y una parte denuncia a la otra por agresión o violación. Si el consentimiento no se ha otorgado ante fedatarios públicos o un número suficiente de testigos fiables, lo que no suele ser frecuente en estas relaciones informales o esporádicas, todo queda en la palabra de una parte contra la de la otra, y esto pone al juez ante la disyuntiva de desestimar la acusación o de guiarse por supuestos ‘indicios’ (en realidad, prejuicios) de carácter moral o social. Pero se ha insistido en trasladar el consentimiento formal y público, obligado para quienes contraen matrimonio, a las relaciones sexuales más ocasionales y pasajeras, cuando ni siquiera aquel puede garantizar la ausencia de violencia entre cónyuges. Tenía que salir un bodrio, fatalmente.