Cuando la fiscalía va contra la ley

ABC, 04/03/13

Resulta incomprensible que un fiscal se posicione a favor de una consulta que, hoy por hoy, es ilegítima. Debería recordar que la tarea de cambiar las leyes corresponde a los políticos

EL clima de presión política que impone la órbita nacionalista para tratar de defender a capa y espada la irracional deriva secesionista en Cataluña alcanza, de una u otra forma, a todas las instituciones regionales. El último en pronunciarse al respecto ha sido el fiscal superior de Cataluña, Martín Rodríguez Sol, quien, en lugar de mantenerse al margen de este debate, como exige su cargo, ha optado por defender la convocatoria de una consulta soberanista en Cataluña, a sabiendas de que es ilegal. Afirma que «al pueblo hay que darle la posibilidad de expresar lo que quiere» y, aunque admite que no existe un marco legal que ampare la celebración de un referéndum independentista, aboga por modificar la ley de consultas e incluso reformar la Constitución para abrir la puerta a una posible división de España.

En primer lugar, un jurista de su talla no debería, en ningún caso, entrar en un barrizal cuyo contenido pertenece estrictamente al ámbito político, ya que la tarea que tienen encomendada jueces y fiscales se circunscribe, estrictamente, a cumplir y hacer cumplir la ley. Además, lo grave de este caso es que Rodríguez Sol es perfectamente consciente de que la declaración de soberanía aprobada por el Parlamento de Cataluña viola los principios constitucionales. Cataluña no es objeto de soberanía nacional alguna, ya que esta reside exclusivamente «en el pueblo español», tal y como establece la Carta Magna en su artículo 1.2. El pueblo catalán no es sujeto soberano y, por tanto, la ley impide que se pronuncie de forma unilateral sobre algo tan básico como la indisoluble unidad de la Nación española, que la Constitución define como «patria común e indivisible». Como bien sabe el fiscal, un escenario secesionista como el que plantea el nacionalismo únicamente sería factible si, previamente, se modificara la Constitución. Para ello, es precisa la aprobación por mayoría de dos tercios de cada Cámara, la celebración de nuevas elecciones generales, la posterior aprobación de la propuesta por las nuevas Cámaras —por dos tercios— y, en última instancia, la ratificación de la reforma mediante referéndum a nivel nacional.

Así pues, el mecanismo jurídico existe, pero lo que no tiene cabida en la ley, se mire por donde se mire, es el pronunciamiento unilateral de independencia de una parte de España. Por otro lado, la celebración de una consulta soberanista, en los términos que plantea la Generalitat, exigiría una modificación legal que depende del Gobierno central, y este ya se ha pronunciado al respecto. El Ejecutivo de Rajoy decidió el pasado viernes impugnar ante el TC la resolución del Parlamento catalán por violar, de forma explícita, los ya citados principios esenciales de la Carta Magna, así como el derecho a pronunciarse de todos los españoles sobre una cuestión tan fundamental como la unidad de España. Ante tales evidencias, resulta incomprensible que la Justcia se posicione a favor de una consulta que, hoy por hoy, es ilegítima. Además, debería recordar que la tarea de cambiar las leyes corresponde a los políticos, no a los fiscales.