Decires del decidir

MIGUEL ESCUDERO, EL CORREO – 01/06/14

· Los nacionalistas son insaciables hasta lograr su objetivo final, que es el centralismo; ejercido por ellos, como es natural.

En las postrimerías de la dictadura franquista, Alexandre Cirici y Josep Benet –dos intelectuales que en 1977 serían senadores tras una alianza electoral del PSC, PSUC y ERC– dejaron grabado que el federalismo iba bien en Alemania, por ser una verdadera nación, pero no en España, a la que consideraban una falacia carente de realidad social. Esto no era sólo un disparate morrocotudo, sino que es una falsedad invasiva a la que hay que cerrar el paso. Por elevación, federalismo y nacionalismo son voces que manifiestamente se contradicen. Los grupos que se fundamentan en este segundo ‘ismo’ son insaciables hasta su objetivo final que es el centralismo; ejercido por ellos, como es natural.

Les propongo atender al reconocido jurista Eliseo Aja, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona. Acaba de publicar el libro ‘Estado autonómico y reforma federal’ (Alianza). Afirma que el Estado autonómico español tiene la estructura de poder de un sistema federal, pero que va cojo en sus criterios de funcionamiento. ¿Qué se podría hacer para que fuera más sólido y coherente? Nuestro sistema autonómico produce excesivos conflictos, en parte porque hay confusión sobre la relevancia jurídica y política de los distintos órganos administrativos. Hay que saber que el número de conflictos entre el Estado y las comunidades autónomas es hoy de unos 50 cada año.

Y esto supone casi el doble de las sentencias que anualmente logra dar el Tribunal Constitucional, al que le corresponde arbitrar. De este modo, explica el profesor Aja, hay un retraso en dictar sentencia del Alto Tribunal de ocho a diez años. Esto supone desprestigio y una grave ineficacia, además estimula los recursos trampa. «Para situarnos en la enormidad que esto representa», si nos comparamos con la realidad alemana, quedamos acongojados pues allá la media de conflictos judiciales entre Estado y ‘länder’ es solo de uno o dos al año.

Resulta obvio que el común objetivo federal es que el ejercicio del poder público sea eficaz para los ciudadanos y, por consiguiente, sea un poder repartido y compartido entre distintas instituciones. Antes que embriagarnos con palabras talismanes, deberíamos afanarnos en corregir lo técnicamente corregible. Así Elíseo Aja diagnostica que nuestro Estado autonómico «carece de instrumentos para asegurar el funcionamiento de la pluralidad de instituciones». Y en esta dirección hay que trabajar.

Hay fuerzas políticas preocupadas sólo por su poder y otras que se dedican a rajar de nuestro Estado, tan perfectible pero tan benéfico a la vez. Ante la hinchada frase ‘derecho a decidir’ el profesor Aja (a quien el propio gobierno de la Generalitat designó presidente del Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña; lo fue entre 2009 y 2013) es tajante: «No indica nada», es incompleta y no expresa el objeto de la decisión: «¿decidir qué?». Esta es la cuestión que cincela con un elocuente párrafo:

«Si se trata de decidir, como a veces se dice, sobre el futuro de un pueblo, el objeto resulta demasiado abstracto, y habrá que concretar si se cuestiona la continuidad de la monarquía, del sistema electoral proporcional o la pertenencia a la Unión Europea… Todas estas cuestiones pueden ser decididas pero siguiendo el procedimiento previsto en la Constitución, pero no en abstracto mediante un referéndum mágico. ¿Por qué se llama entonces ‘derecho’ a lo que no lo es? El término se utilizó en España por primera vez ligado al Plan Ibarretxe en el País Vasco por dos razones principales: por eufemismo, ya que ‘decidir’ suena menos radical que ‘secesión’ o ‘autodeterminación’, y porque evoca una legitimidad democrática abstracta (todas las personas tienen derecho a decidir y también los pueblos tienen derecho a decidir su futuro) que disimula la falta de fundamento jurídico. Por tanto, no existe un ‘derecho a decidir’ aunque sí se reconoce internacionalmente el principio de autodeterminación de los pueblos, que alcanza la posibilidad de pronunciarse sobre la independencia en los estados coloniales y que se ejercita mediante las elecciones en los estados democráticos». ¿Se ha de volver a repetir lo dicho?

MIGUEL ESCUDERO, EL CORREO – 01/06/14