El Correo-JOSÉ MARÍA SALBIDEGOITIA ARANA

El independentismo catalán plantea su próxima fase política en la desobediencia civil sobre un relato que califica a España como un Estado no democrático

Por la publicación de entrevistas y resúmenes de prensa he podido conocer la propuesta de Jordi Cuixart sobre la desobediencia civil, así como también la ponencia de la CUP sobre la acción combinada de la desobediencia civil y la desobediencia institucional para romper el Estado. Dado que esos conceptos son unidos con otros como la no violencia, la resistencia activa y pasiva, etc., conviene pararse a reflexionar someramente sobre estas cuestiones.

Desde una perspectiva histórica, Étienne de La Boétie en 1548 y William Godwin en 1793 escribieron sendos tratados en los que propugnaban la desobediencia civil de la población para minar el poder de los tiranos, usándola como un instrumento para alcanzar la democracia y la libertad. Sin embargo, a partir de la instauración de la democracia, ya no se estaba ante la desobediencia a la tiranía, sino ante la desobediencia a un sistema democrático, situación a la que H.D. Thoreau, M. Gandhi, M. Luther King, etc… dieron una nueva perspectiva de la desobediencia civil.

A primera vista, desobedecer una ley democrática sería propio de antidemócratas, liberticidas, discriminadores, etc.; es decir, enemigos de la libertad, de la igualdad y del pluralismo. Ante esta cuestión, los personajes citados recalcaron que la desobediencia civil tenía un carácter instrumental, temporal y, por tanto, extraordinario. Añadiendo que en una sociedad democrática la desobediencia civil se basa en la lealtad al sistema democrático y en la disconformidad con una ley concreta y específica.

No vale proclamar desobediencia de modo genérico, a personas, a instituciones, sino a leyes claramente discriminatorias y represivas de la libertad. Así, para Gandhi la desobediencia civil es un método que demuestra respeto por la ley en general, pero que es claramente irrespetuoso con una ley discriminatoria u opresiva.

Como la desobediencia solo puede ejercerse sobre algo que es obligatorio cumplir, políticamente tiene que hacerse sobre una ley discriminatoria, opresiva o que atente a la dignidad humana. Así, el desobediente, conforme a los principios democráticos, desobedece la injusticia para denunciarla con el objetivo de restaurar una situación legitimada bajo principios democráticos.

Debido al carácter extraordinario de la situación, es necesario concretar el carácter no democrático de la ley a desobedecer, algo que no se ve concretado por los proponentes de la desobediencia civil. Las desobediencias genéricas a instituciones, a

las leyes y sentencias emanadas por poderes democráticamente constituidos, justificadas, también de modo genérico, con la falta de respeto a los derechos humanos, no deben empañar el buen nombre de la práctica de la desobediencia civil basada en la denuncia concreta de una ley antidemocrática.

El independentismo catalán ha planteado basar su próxima fase política en la desobediencia civil sobre un relato que califica a España como un Estado no democrático, y desde esa posición, junto a un histórico sustrato anarquista, se puede entender su planteamiento. Predomina una visión nacionalista de la desobediencia que se justifica más por la procedencia del poder de donde emanan las leyes, que por el carácter democrático, o no, de su contenido.

En mi opinión, solo una visión prejuiciosa y falta de objetividad puede justificar que todo lo que viene del Estado sea digno de ser desobedecido por ser intrínsicamente injusto y, unirlo a que la independencia es un derecho humano negado, y por tanto, se está en una situación no democrática.

Respecto a las consecuencias de la desobediencia civil en los términos en que se plantea, todo apunta a que se va a convertir en un instrumento de fortalecimiento de un sentimiento excluyente, del nosotros contra los otros, impidiendo así el «todos», la convivencia. También, apunta a que va a servir para preparar ideológicamente el ambiente social necesario para la desobediencia institucional. Es decir, la propuesta de desobediencia civil, para ser tenida como tal, debería trabajar por la posibilidad de acuerdo, pero al unirse a la decisión de volver a repetir la unilateralidad (lo volveremos a hacer), acción claramente no democrática, pone en entredicho la bondad y los objetivos democráticos de la propuesta.

Por otro lado, aunque solo la CUP lo menciona explícitamente, todo lo anterior no tendría sentido si no se une con la desobediencia institucional, objetivo último para romper el Estado. La cual es una contradicción en sí misma porque los actos de toda institución tienen la presunción de legalidad emanada de un poder legítimo. Se trata de una batalla de deslegitimación basada en la identificación del Estado como represor, ante el que se contrapone la no violencia. La dicotomía planteada es Estado violento y sociedad civil no violenta.

La no violencia es una acción de fuerza, es una resistencia pasiva o activa que trata de legitimar sus reivindicaciones en contraposición a la fuerza represiva, ciega o desproporcionada. Hoy en día las sociedades democráticas son contrarias a la violencia y hace tiempo que, salvo excepciones, sus actuaciones de fuerza se rigen por el principio de la proporcionalidad a la situación concreta, por lo que sorprende la apelación a la no violencia cuando eso debería ser lo consustancial a toda acción socio-política. A no ser que se dé por supuesto que va a haber represión desproporcionada y que la no violencia va a demostrar su mayor legitimidad moral, social y política.