EL MUNDO – 20/12/15
· Todas las investiduras se han producido a más tardar mes y medio después de las elecciones.
El 21-D será la primera página de un calendario incierto que no tiene como referente ninguno de los procesos poselectorales de la democracia española. Sólo un par de fechas están marcadas con claridad. Otras dos, probablemente las más importantes –la sesión de investidura del presidente y la sesión solemne de inicio de legislatura–, quedan en manos del Rey y al arbitrio de la nueva Mesa del Congreso.
A partir de mañana, el Gobierno de Rajoy pasa a estar en funciones y sólo puede adoptar decisiones de trámite. Así se mantendrá hasta la investidura del nuevo presidente y el nombramiento de su Ejecutivo.
El día 23 se cerrará el escrutinio general incluyendo ya todo el voto llegado del extranjero. Los contactos y movimientos de los distintos partidos con la vista puesta en la gobernabilidad serán ya imparables. No obstante, habrá que aguardar al 13 de enero, la fecha fijada de acuerdo con la ley, en el decreto de convocatoria de elecciones, para proceder a la constitución de las nuevas Cortes. Ese día, la sesión estará presidida por el diputado de mayor edad asistido por los dos más jóvenes en calidad de secretarios. El primero de los objetivos será nombrar a los miembros de la Mesa del Congreso. El primer cometido que tendrá este órgano será el de decidir si habilita el mes de enero –parlamentariamente inhábil– para poder celebrar en el plazo de 15 días, es decir, en la última semana del mes, la solemne sesión de inicio de la XI Legislatura. Si enero finalmente no se habilita, el comienzo podría aplazarse hasta el miércoles 17 de febrero.
En paralelo a estos acontecimientos, el Rey llevará a cabo una ronda de consultas con los líderes de los partidos que hayan obtenido representación parlamentaria, de menor a mayor a fin de proponer, a través del presidente del Congreso, un candidato a la Presidencia del Gobierno.
La ley no marca plazos a la propuesta del Rey. Felipe VI planteará el nombre del primer aspirante que, tras la evaluación de las consultas, cuente con más posibilidades de superar la investidura.
Hasta ahora, en todos los procesos electorales nunca ha transcurrido más de mes y medio entre la fecha de los comicios y la investidura del presidente del Gobierno por el Congreso. Ahora esta regla podría cambiar habida cuenta de que tal y como indican todas las encuestas ningún partido conseguirá una mayoría lo suficientemente amplia como para lograr investir a su candidato con facilidad. Probablemente ni siquiera en una segunda ronda en la que sólo es necesaria una mayoría simple –es decir más síes que noes– y que se celebra 48 horas después de la primera votación en la que se requiere el apoyo de la mayoría absoluta, es decir, 176 votos a favor como mínimo.
No es impensable suponer que de los contactos que mantenga el Rey con los líderes de las fuerzas parlamentarias no se deduzca un aspirante sólido, y que dichas conversaciones puedan prolongarse e incluso –la ley no lo impide– ampliarse a representantes de ámbitos distintos a los puramente políticos.
Aunque el Monarca no está constreñido por plazos fijos, en su entorno son conscientes de la necesidad de evitar un periodo de incertidumbre e inestabilidad largo, aun cuando algunos de sus efectos, principalmente económicos, se vean aliviados por la existencia de unos Presupuestos ya aprobados que entrarán en vigor el 1 de enero.
En La Moncloa mantienen la teoría de que «es mejor solventar las cosas cuanto antes». Tanto si es para anunciar un acuerdo como si no lo hay y es necesario volver a convocar elecciones. Este es un escenario desconocido hasta la fecha. Las fuentes consultadas creen que –si la falta de acuerdo en torno a un aspirante es evidente– no sería necesario dejar pasar el plazo de dos meses con sucesivas votaciones para llamar nuevamente a los españoles, con el refrendo del presidente del Congreso, a las urnas.
EL MUNDO – 20/12/15