El Constitucional estudia no aplicar la ‘doctrina Parot’ a seis presos de ETA

EL CORREO, 12/3/12

El alto tribunal fallará en breve y por separado sobre estos casos, en los que la condena ya estaba liquidada antes del nuevo cómputo

El Pleno del Tribunal Constitucional tiene previsto fallar en próximas fechas sobre seis de los recursos interpuestos por presos de ETA a los que se les está aplicando la denominada ‘doctrina Parot’, según fuentes jurídicas que precisaron que se trata de los casos en los que existía previamente una liquidación firme de condena. Con toda probabilidad, en estos seis casos el tribunal sentenciará a favor de los recurrentes, que quedarían en libertad, ya que se trata de los supuestos que presentan más problemas de constitucionalidad. Se trata de reclusos respecto de los cuales se fijó en firme una fecha para su salida de prisión antes de aplicarles el nuevo cómputo de las penas.

La intención del alto tribunal es la de afrontar este asunto con el máximo consenso posible aunque caso por caso y sin necesidad por lo tanto de establecer una resolución general sobre esta doctrina, por la que el cómputo de las redenciones que se aplican a un penado se realiza sobre el total de las condenas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años, lo que amplía su estancia en prisión.

Las fuentes consultadas explicaron que los seis fallos citados se podrían producir en el transcurso de las próximas semanas y con ello se trataría, según precisaron, de resolver una situación que desde diferentes instancias jurídicas se ve como anómala. El resto de demandas presentadas y ya admitidas a trámite llevarán su curso normal y no existe la misma premura para resolverlas, según los mismos medios.

Más de sesenta recursos

La Audiencia Nacional ha aplicado la denominada ‘doctrina Parot’ a un total de 87 casos de terrorismo entre 2006 y 2011 y a día de hoy el Constitucional ha admitido a trámite recursos de amparo planteados respecto de 58 de estos casos. La mayoría han sido presentados por miembros de ETA y existen otros cuatro de presos comunes condenados por delitos graves, como violadores múltiples. Casi otra veintena de recursos están aún pendientes de admisión, según fuentes del alto tribunal.

Por el momento, el Constitucional no ha previsto incluir este asunto en un próximo pleno y se está a la espera de que los diferentes magistrados presenten un borrador de sentencia que pueda obtener el apoyo mayoritario de este órgano. A principios del pasado verano se filtró el contenido del borrador que suscribía la magistrada de corte progresista Elisa Pérez Vera sobre el primero de estos casos, en el que se proponía la estimación de la demanda de amparo del terrorista José Ignacio Gaztañaga, si bien sus argumentos no reunieron el aval de una mayoría suficiente en el tribunal de garantías.

La magistrada proponía la estimación de los argumentos de Gaztañaga sobre la ‘doctrina Parot’ pero no porque razonara que dicha doctrina fuera inconstitucional, sino porque en ese caso existía una resolución judicial firme que estableció que al etarra se le computarían las redenciones de pena sobre el tiempo máximo de cumplimiento de sus condenas, de manera que debería haber sido excarcelado en 2006.

EL CORREO, 12/3/12