El control del secreto

El hecho de que haya una parte de sombra en la tarea de las agencias de seguridad no significa que actúen fuera de la ley. Hay procedimientos, tácticas o empleo de equipos técnicos que son eficaces mientras no se sepa de su existencia. El secreto es relevante de la lucha antiterrorista interior; mucho más en la inteligencia exterior.

El director del CNI, el general Félix Sanz Roldán, tuvo que comparecer ayer ante la comisión de Fondos Reservados del Congreso para dar explicaciones sobre la actuación del servicio de inteligencia durante el secuestro de los marineros del Alakrana. Dicen las filtraciones que se produjeron de inmediato que el jefe de los espías españoles no proporcionó demasiados datos y no informó sobre si se había pagado o no rescate. De haberlos facilitado, a estas alturas del partido habrían dejado de ser secretos y estarían en boca de todos.

Es legítimo que haya control por parte de las cámaras representativas de las actividades de los servicios de inteligencia porque estos tienen que dar cuenta de su funcionamiento y explicar cómo emplean los cuantiosos fondos que reciben. Sin embargo, en España falta una cultura del secreto de Estado. Eso se manifiesta en lo poco que tardan en salir a la luz las informaciones reservadas cuando estas pasan por las comisiones parlamentarias, como si la obligación de mantener la discreción sólo afectara a los agentes de la inteligencia pero no a los cargos electos encargados de controlar sus actividades.

Además, el Estado incurre en una contradicción al encargar a los servicios de inteligencia algunas tareas tan delicadas como es negociar la liberación de unos rehenes, pagando rescate llegado el caso, y luego pedir que informen a los jueces y a los políticos del detalle de las gestiones realizadas. Si de lo que se trataba era de hacer la gestión y luego instruir un sumario, a quien debería encargarse la tarea es a la policía judicial para que presentara el atestado correspondiente.

Incluso en la lucha contra el terrorismo hay una parte del trabajo que realizan los servicios de información cuyos detalles no se cuentan ni al juez porque son de naturaleza operativa. Su conocimiento público pondría de manifiesto las características del trabajo más secreto y revelarlo afectaría a la futura eficacia del combate contra los grupos violentos. El hecho de que haya una parte de sombra en la tarea de las agencias de seguridad no significa que estén actuando fuera de la ley. Significa, simplemente, que hay procedimientos de actuación, tácticas o posibilidades de empleo de equipos técnicos que son eficaces mientras no se sepa de su existencia.

Si el secreto es una parte relevante de la lucha contra el terrorismo interior, lucha que tiene una innegable dimensión judicial, mucho más lo es en el ámbito de la inteligencia exterior, donde a menudo se tiene que contar con el apoyo de servicios amigos o de colaboradores ocasionales que reclaman a nuestros agentes un compromiso expreso de confidencialidad como condición para ayudar a resolver entuertos. El control sobre las actividades de los servicios de inteligencia debe hacerse desde una perspectiva de Estado, sin pretender llevar a ese terreno las pugnas de los partidos.

Florencio Domínguez, LA VANGUARDIA, 24/2/2010