Al final, resulta que el cumplimiento de la Constitución por los partidos coligados en Frónkonstin y la renovación de los miembros del Tribunal Constitucional que habían superado su fecha de caducidad, era esto: un apaño, un enjuague que ha causado perplejidad cuando no consternación en los ámbitos jurídicos de todas las Españas. Venía siendo tradición que los miembros del Constitucional vinieran muy trabajados, vale decir con una estancia en el Tribunal Supremo, con experiencia como fiscales de sala o con un pasado de reputados catedráticos, se estimaba que la pertenencia al Tribunal de garantías constitucionales no requería menos. De hecho solo se conoce una excepción a esta norma: la de Enrique López, que es el responsable de Justicia del PP y un asesor clave en este toma y daca. López llegó al Tribunal Constitucional en 2013, procedente de la Audiencia Nacional, a la que había llegado en 2005. Es verdad que no pasó por el Supremo pero hay que reconocerle una opinión favorable de la fiscal de la Audiencia Nacional, Dolores Delgado, que grabó el entonces comisario Villarejo durante el legendario almuerzo en el restaurante Rianxo: “Ha venido un tío a la Audiencia monísimo, para que lo vamos a negar, parece George Clooney”. Es verdad que a continuación añadía: “pero le pasa lo mismo, es una nenaza”, lo que seguramente no puede interpretarse como un elogio, de atenernos al sentido clásico de la expresión. Pero el género se ha convertido en una circunstancia cultural desde entonces. ¿Qué más da machote que nenaza?
El caso es que Enrique López, en actitud que le honra no ha debido considerar justo que se exija a los nuevos lo que no se le exigió a él y esto tiene muy revueltos a los magistrados del Tribunal Supremo. Con razón. Explican que tres de los cuatro nuevos miembros, pertenecientes a la carrera judicial, intentaron acceder en su día al Supremo. Y los magistrados del mismo no le acaban de ver la lógica a que jueces que no pudieron llegar al más alto tribunal vayan a revisar sus sentencias. Lo dice la Constitución, artículo 123: “El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales”.
O sea que Meritxell, mi Meritxell, no estaba cualificada para revisar la sentencia que condenaba al diputado delincuente de Podemos a devolver el acta por patear a un policía. Marchena se lo tuvo que explicar muy clarito y ella se la envainó.
El cuarto es catedrático. O sea que la parte académica mantiene el rango. A nadie se le ha ocurrido aceptar a un profesor asociado, modelo Pablo Iglesias, para miembro del Constitucional. Llegados a este punto se impone un ejercicio de prudencia. Si le sirvió para controlar el CNI, qué más da.
Ahora queda el CGPJ, que no va a ser escollo menor, sin entrar en la cualificación de los vocales: los nacionalismos catalán y vasco solían imponer a alguno de los suyos. Convergència propuso al delincuente Pascual Estevill y al notario Alfons López Tena, sometido a expediente displicinario y artífice del eslogan señero del proceso: “Espanya ens roba”. Esto es lo que hay, abandonemos la esperanza.