EL MUNDO 23/05/2013
· También rechaza que se deje en suspenso la inhabilitación para cargo público.
La Fiscalía del Tribunal Constitucional se ha manifestado en contra de que se deje en suspenso cautelarmente la condena a prisión que cumple el dirigente abertzale Arnaldo Otegi. La suspensión supondría su excarcelación mientras el TC resuelve el recurso de amparo que acaba de admitir a trámite contra la sentencia en la que el Tribunal Supremo impuso a Otegi una pena de seis años y medio de prisión por pertenencia a organización terrorista en el llamado caso Bateragune, relativo a la reconstrucción de una estructura política similar a Batasuna siguiendo instrucciones de ETA.
El fiscal también se opone a la suspensión de las penas impuestas a los otros cuatro condenados: Miren Zabaleta, Arkaiz Rodríguez Torres, Sonia Jacinto García y el ex dirigente del sindicato LAB Rafael Díez de Usabiaga.
Los informes presentados ayer por la Fiscalía se apoyan en la doctrina acuñada por el Constitucional respecto de la suspensión de las resoluciones judiciales durante la tramitación de los recursos de amparo. El TC distingue entre las penas de prisión cuya duración excede de cinco años, a las que no suele aplicar la suspensión, y las inferiores a cinco años, respecto a las cuales habitualmente concede ese beneficio. Este criterio se basa en el tiempo que previsiblemente tardará el tribunal en resolver la demanda de amparo y en la necesidad de que ésta no pierda su virtualidad en caso de estimación.
El Constitucional suspende generalmente la ejecución de condenas de cárcel inferiores a cinco años de prisión para evitar que la eventual concesión del amparo sea ineficaz por otorgarse cuando el condenado ya ha cumplido la sanción penal. El Ministerio Público recuerda que Otegi ha sido condenado a una pena de cárcel superior al umbral de los cinco años de cárcel, lo que, a su parecer, le sitúa fuera de los beneficios de la suspensión.
La defensa de Otegi alega que, pese a que la condena supera los cinco años de prisión, el ex portavoz de Batasuna habrá cumplido el próximo octubre cuatro de los seis años y medio de prisión impuestos, por lo que, a su juicio, sí entraría dentro de los márgenes fijados por la doctrina del TC para que proceda la suspensión. El informe de la Fiscalía no contesta este argumento.
Además de la entidad de la condena, el tribunal valora otros parámetros como la trayectoria del condenado o la gravedad del delito. A ello se refiere también la Fiscalía en apoyo a su tesis contraria a la suspensión al señalar que el delito por el que Otegi y los demás recurrentes están condenados «es de gran trascendencia social por estar relacionado con la organización de una banda armada causante de numerosas víctimas, atendido asimismo el bien jurídico protegido que es la paz social».
El fiscal también se muestra contrario a que se suspendan las penas de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y para empleo o cargo público, aunque sí insta al tribunal a que tramite de forma preferente estas demandas dada la situación de privación de libertad de los recurrentes.
EL MUNDO 23/05/2013