EL CORREO 14/04/15
El Tribunal Supremo rechazó ayer el sustento probatorio y anuló la condena que la Audiencia Nacional impuso a la etarra Oihana Mardaras, ‘Leia’, a 29 años y medio de prisión por el atentado contra la sede de EiTB en Bilbao el 31 de diciembre de 2008. La Sala Segunda revocó así la decisión de la sección tercera de lo Penal, presidida por el magistrado Alfonso Guevara, al considerar que la autoría de Mardaras no ha quedado probada pese a la declaración incriminatoria ante la Policía que realizó el etarra Ibai Beobide y un mapa hallado en casa de la madre de ésta con supuestas menciones al atentado.
Para la sala, no hay datos concluyentes que permitan determinar que la joven participó en la colocación del artefacto instalado en una furgoneta que estalló junto al edificio, causando importantes daños materiales, ni en la confección de la bomba ni en el robo de un vehículo. El alto tribunal subrayó que la declaración del coimputado Beobide fue realizada en sede policial, pero no ratificada en sede judicial y que, además, el croquis que dibujó en su comparecencia ante la Policía sobre la ubicación de unos zulos no era de lugares coincidentes con los del plano de Bilbao-Basurto hallado en el registro de la casa de la madre de Mardaras.
«Aún admitiendo hipotéticas coincidencias (por ejemplo referirse a la misma zona geográfica) éstas carecen de base suficiente para inferir que la recurrente estuviere en el escenario de los hechos que esas grafías pudieran representar. En modo alguno tal inferencia podría tildarse de concluyente, excluyendo otras hipótesis alternativas, desde argumentos que impongan la lógica o la experiencia común», señaló la sentencia.