ABC 17/04/03
El TC ha concedido el amparo a dos condenados por un delito de enaltecimiento del terrorismo al considerar que se vulneró su derecho de defensa. La Sala Primera, presidida por Pascual Sala, considera que la Audiencia Nacional se equivocó cuando decidió condenarles con la declaración de un testigo protegido como principal prueba de cargo contra ellos.
Este testigo depuso en el juicio en unas circunstancias especiales, pues el tribunal permitió que declarara oculto tras un biombo y, además, con la voz distorsionada, algo que si bien está previsto en la ley siempre que el tribunal argumente su decisión, debe ser «compensado con medidas alternativas» que permitan someter a contradicción ese testimonio.En este caso, señalan los magistrados, los letrados de la defensa conocieron la identidad del testigo «en el momento inmediatamente anterior» al juicio, por lo que no pudieron contrastar la fiabilidad de este testimonio anónimo, «decisivo, además, para fundamentar la condena». La Audiencia Nacional impuso a los recurrentes un año de cárcel por gritar «Gora ETA» en una manifestación.