EL MUNDO – 06/11/15
· Permite que el Parlament debata la resolución independentista porque aún no es definitiva También bloquea las leyes de Hacienda, Presupuesto y Transición Nacional de la Generalitat.
El Constitucional decidió ayer permitir la celebración del Pleno independentista en Cataluña, pero advirtiendo al Parlament de que es el propio Tribunal el que tiene «la última palabra» sobre la constitucionalidad de lo que se apruebe. El máximo intérprete de la Carta Magna rechazó así, por unanimidad de sus 11 magistrados, la petición del PP y Ciudadanos de que, además de admitir sus recursos de amparo, suspendiera las decisiones de la Mesa del Parlament que permiten la celebración del debate. El TC destaca que «el Parlamento es la sede natural del debate político» y que no debe abordarse todavía la posible inconstitucionalidad de lo que aún no se ha aprobado.
«El eventual resultado del debate parlamentario es cuestión que no debe condicionar anticipadamente la viabilidad misma del debate», dice el TC, resistiéndose a marcar el ritmo del legislativo. A su juicio, la petición cautelar pretende en realidad «un control de constitucionalidad sobre una resolución que no se ha adoptado y cuyo contenido último se desconoce».
Actuar en este momento supondría –pese al «riesgo» de que salga adelante una resolución inconstitucional– «distorsionar el momento asignado por el ordenamiento constitucional a cada institución para ejercer sus competencias». «En este momento es a la propia Cámara autonómica a la que corresponde velar por que su actuación se desarrolle en el marco de la Constitución».
Es tras esa concesión al Parlament cuando el Constitucional lanza su advertencia: «Son las asambleas parlamentarias, en su condición de poderes constituidos, las que, en primer lugar, deben velar por que sus decisiones se acomoden, en todo momento, a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, sin perjuicio de que la última palabra, cuando así se le pida, le corresponderá a este Tribunal Constitucional». Así sucedió, recuerda, con la consulta soberanista del 9-N, primero suspendida y luego declarada inconstitucional.
El Gobierno anunció desde el primer momento que recurrirá por inconstitucional la propuesta independentista que apruebe el Parlament para que sea el TC el que diga esa «última palabra». Tras las escaramuzas de los recursos de amparo, será finalmente ese recurso el que ponga en marcha la batalla jurídica de fondo.
La resolución que se votará previsiblemente el lunes incluye expresamente la afirmación de que ignorará las resoluciones del TC. Como respuesta, el Alto Tribunal cierra la resolución dictada ayer indicando que eso ni le va ni le viene: «En última instancia, el contenido de las disposiciones, resoluciones o actos emanados de un poder público, cualquiera que sea, no menoscaba la integridad de las competencias que la Constitución encomienda a este Tribunal, que ejercerá cuando proceda, con prudencia y determinación».
El TC no ha acordado medidas cautelares, pero sí ha resuelto admitir a trámite los recursos de amparo presentados el miércoles por Inés Arrimadas (C’s), Miquel Iceta (PSC) y Xavier García Albiol (PP). Ellos mismos y los parlamentarios de sus grupos consideraban que las decisiones de la Mesa de tramitar el Pleno habían vulnerado su derecho fundamental a la participación política en condiciones de igualdad.
Los magistrados acordaron estudiar las demandas para poder fijar una doctrina sobre estos casos y porque se trata de un asunto que «trasciende del caso concreto, al suscitar una cuestión jurídica de relevante repercusión social, con consecuencias políticas generales».
Sin embargo, consideran que la vulneración de ese derecho no es «irremediable», por lo que no se justifica suspender los acuerdos de la Mesa. Si finalmente se les concediera la razón en sus peticiones de amparo lo sucedido tendría solución: todos los actos impugnados serían automáticamente considerados nulos.
La primera decisión del TC ha sido dar 10 días al Parlament para que le transmita toda la información sobre los cuatro actos de la Mesa que han sido impugnados.
La admisión a trámite de los amparos y el rechazo de las cautelares no fueron, en cualquier caso, las únicas decisiones relacionadas con el proyecto independentista que tomó ayer el Pleno. El Tribunal también resolvió que está justificado mantener la suspensión de varias normas clave para el proyecto dictadas por el Parlament y la Generalitat. Todas fueron bloqueadas automáticamente cuando el Gobierno las recurrió. Ahora le tocaba al TC valorar si estaba justificado prolongar esa suspensión. Y sí lo está.
En el caso de la Ley de Presupuestos de la Generalitat de 2015, lo que se bloquea es el apartado que permitía «la puesta en funcionamiento de nuevos servicios públicos». Es decir, nuevos organismos con sus correspondientes gastos. A juicio del TC, de estar en vigor podría «poner en riesgo el interés general», al impedir la eficacia de las medidas adoptadas por el Estado para contener el gasto público en materia de personal.
En cuanto a la Ley de Hacienda Propia y el decreto para la puesta en marcha del Comisionado de Transición Nacional, los magistrados coinciden con la Abogacía del Estado y resaltan que ambas normas van dirigidas «a culminar el llamado ‘proceso de transición nacional’» y que no es razonable permitir su desarrollo antes de resolver sobre la amenaza de inconstitucionalidad que pende sobre ellas.
EL MUNDO – 06/11/15