EL CORREO 28/12/12
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha anulado las ayudas por valor de 47.500 euros que el Ayuntamiento de Elorrio concedió en 2008 –cuando gobernaba ANV– a familiares de presos de ETA, al no garantizarse «el acomodo» a la legalidad de estas subvenciones.
Los jueces del TSJPV estiman el recurso de apelación interpuesto por el Abogado del Estado, a instancias del delegado del Gobierno, contra una resolución anterior del Juzgado de lo Contencioso número 3 de Bilbao, que consideraba que las ayudas «directamente concedidas» no precisaban de desarrollo normativo previo, y que tenían su justificación en las atribuciones en materia de asistencia social del Consistorio.
El Tribunal Superior recuerda sentencias anteriores sobre esta cuestión y señala que el tema de fondo que se suscita es si las medidas reguladas por el Ayuntamiento de Elorrio –gobernado desde 2011 por el PNV– exceden «el marco de la legítima asistencia social en que nominalmente se asientan e invaden los fines extraños de la política penitenciaria, que no les corresponde definir ni ejecutar a los entes locales».
De ser así, insisten los magistrados, se incurriría «en una particular desviación de fines normativos que puede ser fiscalizada negativamente por la jurisdicción contencioso-administrativa».