El TS fija en un 25% el mínimo de castellano en la escuela catalana

EL MUNDO – 09/05/15

· El fallo refuerza la petición de la Abogacía del Estado de un nuevo plazo de matriculación.

La Generalitat de Cataluña desoyó «las varias y reiteradas oportunidades» que le dio la Justicia para que «estableciese la correspondiente proporción» de castellano que debía ofrecerse a los alumnos que estudiaban en la comunidad autónoma. Por eso, el Tribunal Supremo tuvo que volver ayer a pronunciarse. Lo hizo con dos sentencias en las que fija en un 25% el límite «mínimo infranqueable» de enseñanza en castellano que debe impartirse en las escuelas catalanas.

Es la misma proporción acordada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) al ejecutar las resoluciones del Alto Tribunal que declaraban el derecho de dos menores a «que el castellano se utilice también como lengua vehicular en el sistema educativo» de Cataluña. Además, instaban a la Generalitat a adoptar las medidas que fueran necesarias para adoptar su sistema de enseñanza a la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional sobre el Estatuto catalán, en la que se declaraba que el castellano también es lengua vehicular en la enseñanza catalana.

El TSJC entendió que esa proporción que se negaba a fijar la Generalitat debía ser de «un 25% de las horas lectivas, debiendo impartirse en dicha lengua oficial, además del área, materia o asignatura correspondiente a su aprendizaje, cuanto menos otra área o asignatura no lingüística curricular de carácter troncal o análoga».

El porcentaje ahora ratificado por el Supremo no contentó a nadie. Ni a la Generalitat ni a los padres de los dos menores recurrentes. Las impugnaciones de los tres fueron desestimadas por el Alto Tribunal.

Uno de ellos es Enrique López, un padre residente en Sant Fost de Campsentelles (Barcelona) que recurrió hace exactamente 10 años. Su hijo Ossian tiene ahora 17 y le queda un mes para terminar el Bachillerato. El curso que viene empezará la FP de Grado Superior, por lo que ya no va a tener la oportunidad de aplicar la sentencia.

Su padre, que pedía un 50% de las horas en castellano, considera que el 25% es «una ridiculez porque al final se resume en una sola asignatura». «Ha sido un proceso muy largo y mi hijo lo ha pasado muy mal en el colegio, pero creo que ha merecido la pena porque yo quiero que el día de mañana en Cataluña haya más libertad que ahora».

López advierte de que va a repetir el mismo periplo judicial cuando escolarice a su hija Enya, de dos años. Y probablemente no le quedará más remedio, pese a que las sentencias hechas públicas ayer sientan jurisprudencia. Ambas entienden «razonable» la cuota fijada, porque garantiza el establecimiento del castellano como lengua vehicular y, al mismo tiempo, mantiene el catalán «como centro de gravedad del sistema», al ser la lengua vehicular más necesitada de apoyo.

El Supremo rechaza los argumentos de los padres recurrentes, que querían más presencia de castellano en los colegios, pero también de la Generalitat, que sostenía que con la «atención individualizada» que ofreció a estos alumnos se cumplía lo exigido por el Supremo. El Alto Tribunal le insiste de nuevo en que esa solución «conduce a una situación de discriminación prácticamente idéntica a la separación en grupos por razón de la lengua habitual».

Las resoluciones, que tienen fecha del 23 y el 28 de abril, refuerzan los argumentos utilizados por la Abogacía del Estado en el recurso interpuesto ante el TSJC el pasado día 27 para reclamar la apertura de un nuevo plazo de matriculación en los colegios catalanes para que las familias puedan pedir enseñanzas en castellano.

El recurso de los servicios jurídicos del Estado se agarra también a la «inacción» cometida por la Generalitat al negarse a determinar una «proporción razonable» de horas de clase en castellano. Le viene a decir que, como no ha cumplido con la tarea que tenía encomendada, que era marcar un porcentaje concreto, y el fin último del Estado es defender el derecho de los padres, no le queda más remedio que poner él mismo ese porcentaje.

De este modo, le da la vuelta al sistema competencial, porque hasta la fecha era el Govern el encargado de decidir la programación educativa y, dentro de ella, qué materias se impartían en cada lengua. Hasta ahora, el Gobierno central siempre había dicho que no podía ir más allá porque determinar porcentajes «excedía» sus competencias.