EL MUNDO – 01/03/15
· A bombo y platillo. Con prolija difusión de imágenes y vídeos de la actuación. La Policía anunció la operación Danko, la captura de ocho españoles que habían participado en el conflicto de Ucrania, con una alta dosis de relevancia.
Y el eco mediático fue acorde. No en vano, era la primera vez que se detenía en Europa a ciudadanos de la UE tras regresar de la zona de Ucrania.
Pero su detención apenas ha durado 24 horas
Ya están libres, sin siquiera pasar ante el juez de la Audiencia Nacional que estaba al frente de las pesquisas, el magistrado Santiago Pedraz. Los agentes de la Policía, tras tomarles declaración, optaron por dejarles en libertad. Su única obligación: comparecer ante el juez cuando sean requeridos… como cualquier ciudadano.
Esta puesta en libertad con sordina se produce cuando la lupa policial aventuraba la comisión de un delito por parte de los detenidos que podría conllevar penas de entre cuatro y ocho años de prisión. Porque, como se apuntaba desde Interior, los arrestados ya liberados podían haber vulnerado el artículo 591 del Código Penal, el que sanciona al que «durante una guerra en que no intervenga España, ejecutara cualquier acto que comprometa la neutralidad del Estado o infringiera las disposiciones publicadas por el Gobierno para mantenerla».
Pero, además, según explicaron fuentes de la Audiencia Nacional, parece ser que sobre estos «retornados» también estaban encima los especialistas antiterroristas de la Guardia Civil. Querían seguir su pista, saber si a su regreso la intención de estos «combatientes» era captar nuevos activistas y ayudar en sus desplazamientos a Ucrania. Quería saber, asimismo, si estos ocho españoles habían actuado de forma independiente o si detrás de ellos había una trama organizada de captación y envío. Las pesquisas del Instituto Armado se centraban también en averiguar la financiación.
EL MUNDO – 01/03/15