En un Estado federal, las autonomías han de abandonar toda idea de independencia

EL ECONOMISTA 11/11/12

El Gobierno seguiría estableciendo las normas económicas e influyendo en las reglas del juego.

En estos días se está debatiendo con intensidad la oportunidad de establecer una nueva configuración federal del estado en España. Un estado tan descentralizado como el español, ¿alcanzaría mayores cotas de descentralización en caso de transformarse en un estado federal? ¿es factible dicho proceso? y ¿qué consecuencias económicas tendría?

Aunque no existe un modelo único de estado federal, éstos tienen una serie de rasgos comunes: 1) los derechos fundamentales son iguales para todos los estados miembros, 2) el reparto de competencias está claramente establecido en la Constitución federal, siendo estas competencias estables, difíciles de cambiar, y en caso de conflicto entre una norma federal y otra de un estado miembro, debe prevalecer siempre la del estado central, 3) los estados miembros participan en el Gobierno central generalmente a través de una Segunda Cámara o Senado, y 4) el estado central y los estados miembros poseen individualmente una capacidad tributaria directa para recaudar impuestos y para financiar los gastos de sus respectivas competencias. Veamos cada uno de estos elementos para comprobar sus diferencias con el estado español de las autonomías y la posibilidad de su implantación.

Solución compleja

La primera característica, aunque deseable, no tiene por qué ser cumplida totalmente si alguno de los miembros de la federación posee diferencias significativas con el resto. En el caso español, estas diferencias podrían venir de la lengua o de consideraciones históricas un poco nebulosas (el caso más claro es el de la tributación de las provincias vascas y de Navarra, que se detalla en el cuarto punto). Se trata de un asunto muy político, de solución compleja, y que está en el origen de buena parte de las discusiones previas sobre los aspectos concretos de la descentralización. No obstante, es importante dejar claro que, sea cual sea la posible solución federal alcanzada (simétrica o asimétrica), una vez establecida no se puede tratar de cambiar por una de las partes invocando ese «hecho diferencial». Es decir, las diferencias se reconocen previamente en el periodo constituyente, pero luego deben dejar de tener relevancia durante el funcionamiento ordinario del estado federal.

Así, el segundo elemento es clave para la anterior idea. El problema en España es que la Constitución de 1978 no especificó cuáles son las autonomías y, sobre todo, cuáles son las competencias de cada comunidad autónoma, competencias que se determinan a través de los diferentes Estatutos que periódicamente van promulgando las propias comunidades autónomas. Este es el punto más importante que habría que cambiar para que España se convirtiera en un estado federal: dejar cerradas las competencias de cada autonomía y que las normas centrales prevalecieran frente a las regionales.

Para que este punto crucial se instaure, se tienen que dar dos condiciones. La primera es que las regiones participen activamente en el proceso de toma de decisiones, a través de unas estructuras claras y definidas. Sería necesario, por tanto, revitalizar el Senado o cualquier otro instrumento de negociación política entre el gobierno central y todos los gobiernos autonómicos, eliminando la utilización de negociaciones políticas bilaterales entre el gobierno central y una autonomía, que son las que hasta ahora se han utilizado. La segunda condición es que las autonomías renunciaran definitivamente a cualquier intento de independencia, que asumieran su pertenencia al estado federal español bajo unas reglas de juego ya establecidas.

¿Qué consecuencias tiene todo lo anterior para la economía española? La influencia de los gobiernos en la economía es doble, por un lado, establecen regulaciones que influyen en las reglas de juego y el desarrollo de la economía y los agentes económicos. Sobre esto tratan los tres puntos anteriormente expuestos. Y en segundo lugar, los gobiernos obtienen ingresos y afrontan gastos. De nuevo, los principios federales para la Hacienda Pública son similares a los puntos anteriores: reglas de juego claras y ya establecidas, junto con responsabilidades específicas de cada parte.

Los ingresos y gastos compartidos, así como las transferencias entre administraciones, deben reducirse al mínimo, para responsabilizar a cada político de sus actuaciones. En España ha ocurrido lo contrario, la Constitución no estableció claramente ni los ingresos ni los gastos (o competencias) de las comunidades autónomas, dejando su distribución en manos de una negociación bilateral permanente entre las partes. Los políticos regionales, siguiendo sus intereses, han querido obtener los máximos gastos o competencias posibles, pero no así los ingresos, ya que preferían que fuera el gobierno central el que cobrara esos impuestos y luego se los transfirieran. Cuando Cataluña reclama un concierto fiscal similar al navarro o al vasco, olvida que esto ya se le ofreció en la transición, y no lo quiso. De hecho, la desigualdad de navarros y vascos en torno a su sistema de financiación desaparecería si el resto de regiones tuviera un sistema similar.

El privilegio de obtener más ingresos de los que les correspondería, que se achaca a las cuatro provincias con Concierto económico, no se basa en el propio sistema de Concierto, que es neutral, sino de nuevo en las negociaciones que se desarrollan cada cinco años sobre el Cupo (la parte que estas provincias deben pagar al estado central por los servicios que les ofrece la administración central), con un cálculo excesivamente favorable para estas provincias.

La crisis económica y financiera ha tenido la virtud de mostrar las incongruencias del sistema autonómico español.

EL ECONOMISTA 11/11/12