Estado sucesorio: de Escocia a Euskadi

Javier Olaverri, EL PAÍS, 5/2/12

Han tenido que ser los anglosajones los que hayan dado el paso. Inspirándose en la sentencia sobre Quebec, el gobierno de Londres ha aceptado el principio, inspirado en la figura del divorcio, de que en democracia dos comunidades no pueden ser forzadas a vivir juntas si una de ellas no quiere. Eso sí; el que quiera separarse debe decirlo clarito, tras estar informado de lo que se juega con su voto.

Y eso significa hablar de si la futura Escocia va a pertenecer o no a la UE, de si va a tener moneda propia, de cómo va a cobrar sus pensiones o de cómo va a compartir la deuda actual del Gobierno Británico, por citar algunas cuestiones claves.

Según un periódico inglés, el gobierno español habría advertido a Londres de que España vetaría la presencia de una Escocia independiente en la UE. La respuesta del primer ministro escocés, que ha sorprendido a más de uno, ha sido que España no podría vetar la entrada de Escocia en la UE porque una Escocia independiente no dejaría de pertenecer nunca a la UE. Basó su afirmación en que es aplicable el principio de continuidad que la Convención de Viena da a los “estados sucesorios” (herederos), en virtud del cual Escocia tendría el mismo status en la UE que tiene la actual Gran Bretaña.

Efectivamente, la Convención de Viena sobre Tratados, firmada en 1978 y que ha entrado en vigor en 1996, propone un sistema diferente para los nuevos estados que nazcan de un proceso de descolonización que para aquellos que procedan de la separación de un estado “normal” como Gran Bretaña.

Así, la Convención establece que a las colonias que se transforman en estados se les aplique el principio tradicional de “tabla rasa”, según el cual el nuevo estado nace virgen, sin derechos ni obligaciones que provengan de su estado predecesor. Pero cuando el nuevo estado provenga de un “estado normal”, el artículo 16 del Convenio propone que se les aplique el “principio de continuidad”, según el cual el nuevo “estado sucesorio” hereda el derecho a pertenecer a los Tratados a los que pertenecía el estado predecesor. Es decir, que si se aplicara el Convenio de Viena, Escocia sería miembro de la UE automáticamente porque Gran Bretaña lo era.

El problema está en que esa doctrina del Convenio de Viena no es pacífica ni responde a la realidad histórica consolidada. Cuando Yugoslavia explotó en varios estados, ninguno de ellos heredó la posición de la antigua Yugoslavia, ni siquiera la federación de Serbia y Montenegro que reclamó que se autoproclamó heredera de Yugoslavia, y se aplicó el principio de “tabla rasa” de manera que todos los nuevos estados tuvieron que pedir su ingreso en la ONU. Cuando fue la URSS quien se desmembró, la ONU aceptó a Rusia como su estado sucesorio, pero por el contrario exigió al resto de estados que pidieran su ingreso en la ONU de uno en uno. Por el contrario, y a favor de la tesis escocesa, cuando Checoslovaquia se disolvió, los estados checo y eslovaco pasaron directamente a ser miembros de la ONU en virtud del principio de continuidad.

Por su parte, la UE carece de previsiones legales para este supuesto. Cuando en 1985 Groenlandia decidió abandonar la UE, la solución que se improvisó fue negociar esa salida entre todos los miembros de la UE. Y cuando Argelia obtuvo su independencia en 1962 dejó de pertenecer a la UE automáticamente, pese a que hasta ese momento había sido miembro de la misma a través de Francia. Son ejemplos que sugieren que cualquier nuevo estado que nazca por escisión o disolución de uno de los actuales estados de la UE debería negociar su pertenencia a la misma con la totalidad de los 27 estados miembros, teniendo cada uno de ello poder de veto para esa entrada.

Por lo tanto, el asunto no está claro y es muy importante para el porvenir de las reclamaciones de flamencos, catalanes o vascos. Hasta ahora nadie se había atrevido a poner el problema encima de la mesa y Escocia, no sé hasta qué punto voluntariamente, lo ha puesto. El sentido común diría que el Gobierno escocés debería dirigirse a Bruselas para aclarar cual sería la solución que se les aplicaría en caso de independencia: o el principio de “tabla rasa”, que les dejaría fuera de la UE, o el “principio de continuidad” que les haría miembros de la UE automáticamente. Ir a una votación de independencia sin tener en cuanta este dato tan crucial sería de locos.

Y la respuesta que obtuviera Escocia seria muy importante en toda Europa, porque si la respuesta fuera favorable a aplicar el principio de continuidad del artículo 16, otros nacionalismos con mayorías políticas importantes en su territorio podrían plantear un referéndum de independencia similar, basado en los principios de la sentencia de Quebec. Y es que no resulta fácil para un Tribunal Constitucional español o francés, decir que el matrimonio es para toda la vida y que la madre patria es en realidad una madrastra. Además, siempre quedaría el tribunal de Estrasburgo para intentarlo.

Pero si la respuesta de Bruselas fuera negativa y considerara que Escocia se queda fuera de la UE y debe pedir su entrada, con el riesgo de que cualquiera de los 27 le vete y en todo caso después de una serie de años de espera, el efecto sobre la estrategia de los partidos nacionalistas vascos, catalanes o flamencos sería tremendo.

Mira por donde, los escoceses van a plantear lo que por aquí nadie se atrevía a barruntar.

Javier Olaverri, EL PAÍS, 5/2/12