EL MUNDO 02/07/14
· El tribunal considera que la norma francesa no atenta contra los derechos humanos
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos respaldó ayer la ley francesa de 2011 que prohíbe llevar burka o velo integral en los espacios públicos. En su fallo, el tribunal de Estrasburgo entiende que es necesario identificar a los individuos para prevenir atentados contra la seguridad de las personas y de los bienes y luchar contra el fraude de identidad. La sentencia recibió los votos a favor de 15 de los 17 jueces que se pronunciaron.
«Existe una justificación objetiva y razonable», argumentaron los magistrados, que fueron especialmente cuidadosos con el lenguaje empleado en la sentencia. Asimismo, matizaron que en ningún caso se trata de discriminar ningún tipo de práctica religiosa ni de prendas que puedan resultar «extrañas para un gran número de personas». Además reconocieron que la ley puede tener efectos negativos para la comunidad musulmana que en repetidas ocasiones ha reiterado su oposición a esta medida.
Esta decisión ha dado respuesta a una demanda interpuesta por una joven que consideraba injusta la ley adoptada durante la Presidencia de Nicolas Sarkozy. La demandante francesa, de origen paquistaní, aseguraba portar estas prendas por «su fe, su cultura y sus convicciones personales», al igual que lo hace una pequeña minoría –menos de 2000 según el Ejecutivo francés – de los más de cinco millones de musulmanes practicantes que hay en Francia.
Para Francia, sin embargo, la ley no hace distinciones religiosas, ya que persigue cualquier prenda o accesorio que oculte el rostro de una persona, como un casco de moto o un pasamontañas.
En su fallo, el tribunal dejó claro ayer que no está de acuerdo con todos los argumentos de las autoridades francesas y reconoció que su decisión puede constituir «una injerencia en la vida privada de las personas y en el derecho de practicar libremente una religión». Sin embargo, consideró que, en este caso, priman los objetivos de la ley, que son la seguridad y la protección de los derechos y libertades de los demás.
En este sentido también señaló que las sanciones previstas son mínimas, ya que el máximo castigo establecido por la ley es una multa de 150 euros. Sin embargo, la multa es mucho más severa para quien obligue a otra persona a llevar estas prendas. La sanción puede alcanzar los 60.000 euros y dos años de prisión en caso de que un hombre obligue a una menor a portarlas.
En Europa se ha legislado sobre esta materia de forma diversa. Mientras que Bélgica ha aprobado una ley similar a la francesa y permite el uso de burka y niqab únicamente en espacios de culto; en España el Tribunal Supremo anuló en 2013 la prohibición acordada por el ayuntamiento de Lleida de llevar burka en espacios públicos al estimar que se trataba de una medida contraria a la libertad religiosa. Por otro lado, en Holanda existe una ley que obliga a las personas a tener que identificarse y mostrar su rostro en caso de que les sea requerido por la policía.