Carles Puigdemont provocó ayer su primera crisis de Gobierno con la destitución de Jordi Baiget y hoy se dispone a despejar algunas dudas sobre el referéndum de independencia que ha prometido convocar el 1 de octubre. Los grupos de Junts pel Sí y la CUP han elaborado una ley que alude a instituciones internacionales y proclama en su exposición de motivos que «el Parlament asume la plena representación soberana de los ciudadanos una vez que se han agotado todas las vías de diálogo y negociación con el Estado».
NACIONES UNIDAS.
El documento, del que Catalunya Ràdio publicó ayer también los tres primeros artículos, busca amparo legal internacional en vista de que el referéndum no cabe en la Constitución Española. Así, invoca acuerdos de la Asamblea General de la ONU reconociendo «el derecho de los pueblos a la autodeterminación» ratificados por España.
TRIBUNAL DE LA HAYA.
El documento recuerda que la Constitución Española determina en su artículo 96 que los tratados internacionales ratificados por España «forman parte de su ordenamiento interno». Además, apela a dictámenes recientes del Tribunal Internacional de Justicia de La Haya en los que se indica que el derecho a decidir de los pueblos ha evolucionado a lo largo del siglo XX, tras el fin de la era del imperialismo, y que la única limitación a su ejercicio es el recurso ilícito a la fuerza u otras violaciones graves del derecho internacional.
ESTATUT.
La exposición de motivos añade que la elaboración de esta ley responde a un «acto de soberanía» que es «la opción necesaria para poder ejercer el derecho de los catalanes a decidir el futuro político de Cataluña, especialmente después de la ruptura del pacto constitucional español de 1978 que representa la anulación parcial y la completa desnaturalización del Estatut de Cataluña del año 2006».
SINDICATURA ELECTORAL.
El primer artículo de la ley especifica su objetivo. «Esta ley regula la celebración del referéndum de autodeterminación vinculante sobre la independencia de Cataluña, sus consecuencias en función de cuál sea el resultado y la creación de la Sindicatura Electoral de Cataluña», organismo que actuará como Junta Electoral.
CATALUÑA SOBERANA.
El artículo 2 afirma que el pueblo de Cataluña es un «sujeto político soberano» y como tal «ejerce el derecho a decidir libre y democráticamente su condición política».
PREVALENCIA JERÁRQUICA.
El tercer artículo destaca que esta ley prevalece jerárquicamente sobre todas aquellas normas que puedan entrar en conflicto con ella, y –para intentar cubrir a quienes colaboren en la votación– también ampara a «todas aquellas autoridades, personas y empresas que participen directa o indirectamente» en la preparación y celebración del referéndum.
DOS LEYES. Junts pel Sí y la CUP presentarán la ley a los diputados en el Parlament, aunque no se aprobará hasta finales de agosto para tratar de evitar las más que seguras acciones legales. Al acto no asistirá ningún miembro de la oposición a excepción de los tres diputados de Podemos y el de EUiA, a los que no acompañarán el resto de sus compañeros en Catalunya Sí Que Es Pot. Por la tarde, los independentistas celebrarán un acto público para presentar solemnemente ante los ciudadanos la nueva norma. La «ley de transitoriedad jurídica», que regularía el escenario político en Cataluña en caso de ganar el sí a la independencia, no se aprobaría hasta después del eventual referéndum. Si ganase el no, la previsión es convocar elecciones autonómicas de forma inmediata, informa Efe.