EL MUNDO 12/02/13
· Diputados de Amaiur y ERC participaron en la concentración junto a la cárcel.
El acto de apoyo a Otegi en el que participaron diputados de Amaiur y Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) podría haber sido un enaltecimiento del terrorismo y, por tanto, debe investigarse. Esa es la conclusión a la que ha llegado la Sección Segunda de la Audiencia Nacional, que estima así el recurso presentado por Dignidad y Justicia y ordena al juez que se ponga a ello. El tribunal resalta que el relato de lo sucedido hecho por la asociación no merece el archivo que le dio el juez, sino la apertura de unas diligencias de investigación.
El 28 de enero del año pasado, la plataforma Arnaldo askatu, politika askatu» (Liberad a Arnaldo, liberad la política) se concentró a las puertas de la prisión de Logroño, donde desplegó una enorme pancarta con la imagen del dirigente abertzale, que cumple condena por terrorismo. Allí se leyó un comunicado que decía que «suman 837 días los que lleva Arnaldo secuestrado por el Estado español, cuando su único delito promover e impulsar el escenario actual en el que está inmersa toda la sociedad vasca». Entre los presentes estaban los entonces diputados de Amaiur Iñaki Antigüedad, Rafa Larreina, Xabier Mikel Errekondo, Jon Iñarritu, y Maite Aristegui, y el de ERC Joan Tardà. Este último leyó la versión en catalán de una carta de Alfonso Sastre en la que se elogiaba «el temple heroico» de gente como Otegi y otros condenado por el caso Bateragune.
La asociación presidida por Daniel Portero denunció los hechos, pero el juez Fernando Andreu archivó el caso al considerar que no había datos para suponer que se hubiera cometido un delito. «La Sala no puede compartir la decisión del juez instructor, puesto que de la mera lectura [de los hechos denunciados] se aprecia que objetivamente están revestidos de una relevancia penal […] Los hechos objetivamente considerados, y al margen de cualquier otra consideración, pueden constituir un delito de enaltecimiento del terrorismo».
Para el archivo, el juez se apoyó en un informe policial que decía que «durante el transcurso del acto o concentración no se observó ninguna conducta que fuera merecedora de sanción penal o administrativa».
El tribunal responde al juez que no es la Policía, sino él mismo tras hacer una investigación, la que tiene que hacer una valoración jurídica de lo sucedido, y menos en un delito difícil de precisar jurídicamente como es el de enaltecimiento. Es él quien debe hacerlo tras practicar la diligencias.
El auto, del que ha sido ponente el magistrado Enrique López, indica al juez las diligencias que deberá practicar: identificar a los promotores, analizar lo que se dijo y quién lo dijo, «así como el contexto en el que se producen las expresiones». Sólo después de hacer todo eso podrá valorar «si se da o no el claro ánimo de enaltecer o justificar» el terrorismo. Y, en su caso, archivar.
EL MUNDO 12/02/13