EL MUNDO – 01/08/15
· La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso contencioso-administrativo con el que la Generalitat de Cataluña trató de combatir la negativa del Ministerio de Hacienda a traspasarle 759 millones de euros, que reclamaba en aplicación del Estatuto catalán. El fallo declara ajustada a derecho la resolución del Departamento que dirige Cristóbal Montoro.
En enero del año pasado, el consejero de Economía y Conocimiento de la Generalitat dirigió un requerimiento al Ministerio de Hacienda en el que solicitaba el traspaso de los fondos pendientes de liquidación del ejercicio presupuestario de 2008, en aplicación de la Disposición Adicional Tercera del Estatuto de Autonomía de Cataluña. En una resolución del 10 de abril de 2014, Hacienda denegó el traspaso reclamado.
La Generalitat de Cataluña presentó entonces un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia, en el que solicitaba la nulidad de la resolución impugnada porque entendía que vulneraba el principio de lealtad institucional. Denunció que el Estado se negaba a dotar presupuestariamente esa deuda, pese a que había sido acordada por ambas administraciones en la comisión bilateral Estado-Generalitat, el 19 de julio de 2011.
Pero la Audiencia Nacional no comparte ese criterio y considera que dicha comisión no tiene competencia para determinar las inversiones en infraestructuras, puesto que el Constitucional ya declaró que la Disposición Adicional Tercera del Estatuto de Autonomía «no puede tener efectos directamente vinculantes para el Estado».
«No tiene capacidad para adoptar acuerdos vinculantes en el sentido que pretende la Generalitat» –abunda la sentencia–, ya que la actividad de la comisión bilateral «se limita a una facultad de acción política que sólo compromete en el ámbito político que le es propio y al que necesariamente se contrae».
Además, para la Sección Séptima, el acuerdo del 19 de julio de 2011 se limitó a constatar que las partes están de acuerdo en cifrar el déficit en 759 millones de euros y en diferir a la comisión mixta de Asuntos Económicos y Financieros y a la comisión bilateral de Infraestructuras el desarrollo y concreción del acuerdo.
La sentencia entiende que el órgano competente para adoptar los acuerdos de la aplicación de la Disposición Adicional Tercera del Estatuto son esas comisiones y no la bilateral Generalitat-Estado, que «no puede adoptar acuerdos que comprometan más allá del plano estrictamente político».
La competencia de esta última se centra en la elaboración de la metodología para determinar el déficit y su cálculo, pero no su aprobación. De ahí que del acuerdo esgrimido por la Generalitat no se pueda derivar la existencia de una deuda «líquida, vencida y exigible».
El revés de la Audiencia Nacional trascendió por el propio conseller de Economía de la Generalitat, Andreu Mas-Colell, que, en una entrevista del canal 3/24, criticó el fallo: «Las decisiones judiciales nos colapsan los ingresos, y esto quiere decir que un 14% del gasto de 2015 no estará cubierto con ingresos», informa Europa Press.
De este modo, explicó que la diferencia se deberá cubrir con el Fondo de Liquidez Autonómico (FLA), el Plan de Proveedores y el Ministerio de Hacienda. «Así es como funcionamos», explicó.
Mas-Collel sostuvo que 700 de los 1.900 millones de euros adicionales que recibirá Cataluña en 2016 corresponden al anticipo del modelo de financiación que se destinará íntegramente a la reducción del objetivo de déficit porque, según dijo, pasar de un 0,7% a un 0,3% del objetivo de déficit supone 800 millones.
En este sentido, incidió en que los 1.200 millones de euros restantes son los que se dejaron de ingresar el año pasado por una subestimación de los anticipos que hizo el Estado a las autonomías. «Es dinero que nosotros hemos prestado al Estado durante dos años y, si los hubiera transferido cuando correspondía, habríamos tenido un déficit 0,7 puntos inferior», aseguró.