La autodeterminación como argumento democrático

JUAN JOSÉ SOLOZÁBAL, EL IMPARCIAL 03/04/13

· En el debate sobre la autodeterminación hay que empezar reconociendo la habilidad con que se mueven los nacionalistas que han conseguido con facilidad diversos logros, comenzando por el de centrar la atención en el cómo, descuidando el por qué. En realidad el insistir en el procedimiento de la secesión da a entender que no hay nada que decir sobre su justificación, o mejor, que se asume que se concede la misma, pues no es objeto de debate. Pensamos , por el contrario, con Jordi Solé que la autodeterminación debe afrontarse especialmente como problema político, lo que lleva a identificarla como la aspiración esencial de los nacionalistas, y en estrecha relación, por tanto, con un tipo de pensamiento más bien mítico y de equívocas relaciones con el liberalismo o el progresismo.

Un segundo nivel de acierto, llamémosle táctico, de los nacionalistas es el de su habilidad para, en el tema de la autodeterminación — se hable de esta o más crípticamente de la capacidad de la comunidad territorial para decidir- adoptar el lenguaje de los derechos. Así la autodeterminación no se presenta como una pretensión que podría aducir títulos símple o preferentemente políticos, y como tales defendibles pero expuestos a la cuestionabilidad de toda opinión, sino con una justificación jurídica y aun ética, y por ello dotados de una superioridad indiscutible, la que corresponde a quien utiliza en su favor el lenguaje de los derechos. Se trata de demandas a las que se acompaña, diríamos, una insistencia o refuerzo ético, pues la autodeterminación se plantea, a la vez, como un derecho moral o natural, como algo que un orden político justo no podría negar y, también, como una pretensión a la que una nacionalidad no puede renunciar. De modo que la demanda de autodeterminación se formula no sólo desde la teoría política, sino desde consideraciones de justicia que le dan una fuerza que hace su abordamiento inevitable.

La mixtificación nacionalista del concepto de la autodeterminación se muestra especialmente cuando se la identifica con el derecho a decidir, sin especificar un especial objeto de la misma decisión, pues entonces la pretensión nacionalista asume la justificación de la misma democracia, beneficiándose de ella. Pero es claro que la autodeterminación, en cuanto decisión soberana sobre la propia forma política de una Comunidad territorial, no puede imponerse como contenido obligatorio a un sistema democrático que con toda legitimidad rechaza la sujeción territorial consentida o revisable. Parece, contra lo que piensan los partidarios de la autodeterminación, lógico sostener como irrenunciable la unidad política del Estado que debe tener por delante un horizonte de estabilidad y claridad, que le permita llevar a cabo las funciones de integración y protección de los derechos de los ciudadanos que se encomiendan inevitablemente a tal forma política.

Frente a este tipo de planteamientos, como sabe el lector, pensamos que la autodeterminación no puede presentarse como verdadero derecho en el orden positivo, hablemos de Derecho español o el Derecho internacional, y que sus credenciales en el terreno de la ética jurídica – esto es, su título a ser considerada derecho moral, defendible por su racionalidad o justicia-, son más bien insuficientes, de modo que se impusiera su tránsito desde el cielo de valores al orden constitucional, procediéndose a su positivación inevitable. La autodeterminación despojada de su superioridad ético jurídica, podrá entonces ser evaluada más fácilmente como pretensión política de acuerdo con sus relaciones con la ideología nacionalista de la que constituye la aspiración esencial, a atender de acuerdo con su respaldo democrático y en condiciones de estricta igualdad con otro tipo de planteamientos, e incluso con desventaja si su realización hubiese de superar graves obstáculos en razón de su oportunidad o inferior justificación ideológica.

Considerada desde un punto de vista político la autodeterminación como reclamación esencial nacionalista, asume la equivocidad propia de esta ideología. Ciertamente la autodeterminación aparece relacionada con el liberalismo, si pensamos que se transmiten a la nación las potencialidades de desarrollo que se quieren por tal credo para el individuo, transfiriendo al pueblo el ideal de la autonomía. Pero no ha de pasarse por alto que la autodeterminación, como momento de la verdad de la nación, si no estamos hablando de los supuestos coloniales, remite a un horizonte mental mítico en el que el pensamiento retrocede a estadios claramente emotivos o prerracionales, al atribuir a tal iniciativa efectos salvíficos, derivando nada menos que la felicidad de la Comunidad de su ejercicio. Precisamente hay quienes en la potencialidad de la autodeterminación encuentran argumentos para considerarla un derecho absoluto sobre cuya realización no cabe transacción ni acomodación, introduciéndose así un elemento nocivo en el sistema democrático, al que es consustancial la discusión entre todas las opciones en igualdad de condiciones, sin apriorismos valorativos ni preferencias para ninguna alternativa. Difícil admitir la negociación o compatibilización del ideal de la autodeterminación, ante cuya aspiración decae cualquier otra consideración, que no pueda presentar, al menos ante los ojos nacionalistas, un nivel semejante de pureza y desprendimiento.

Juan José Solozábal es catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Madrid.

JUAN JOSÉ SOLOZÁBAL, EL IMPARCIAL 03/04/13