La esfera política

 

El fallo reconoce la legalidad –y por tanto la legitimidad– de las conversaciones con Batasuna, y se puede considerar, por extensión, que también con ETA, y saca la cuestión del ámbito penal para situarla en el ámbito político. La condición de partido ilegalizado de Batasuna no condiciona la legalidad de la actuación de los gobiernos ni introduce restricciones en la esfera de discrecionalidad de sus competencias políticas.

Hace un año fue noticia principal de los medios el sobreseimiento del caso Ibarretxe, que había sentado en el banquillo de los acusados al entonces lehendakari, junto con el que hoy es su sucesor, Patxi López, al actual consejero de Interior, Rodolfo Ares, y a cuatro dirigentes de Batasuna con Arnaldo Otegi a la cabeza. Aquel juicio fue motivado por las reuniones de los tres primeros con los miembros de la formación ilegalizada en el contexto de la tregua etarra del año 2006. Ahora, el Tribunal Supremo, con mucha menor relevancia mediática que entonces, ha puesto fin al caso.

La sentencia del Supremo, que da un tirón de orejas al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por no haber archivado a tiempo el procedimiento, ratifica los criterios que había expuesto en otra sentencia de noviembre del 2006 en la que rechazó una querella de Manos Limpias contra el presidente José Luis Rodríguez Zapatero, precisamente por autorizar la celebración de reuniones con Batasuna.

El Alto Tribunal sostuvo entonces y reitera ahora que el Gobierno tiene la competencia de la dirección política interior o exterior, encomendada por el artículo 97 de la Constitución, y que constituía un «fraude constitucional» intentar invadir esa competencia y someterla a control jurisdiccional por la vía penal. Las dos sentencias reconocen el margen de discrecionalidad del que disponen los gobiernos democráticos para el ejercicio de la dirección política y, en referencia al caso concreto planteado por las reuniones con Batasuna, precisa que no pueden ser «criminalizadas las posiciones de diálogo para la búsqueda de la mejor opción de gobierno que garantice la ordenada convivencia social».

El fallo reconoce la legalidad –y por tanto la legitimidad– de las conversaciones con Batasuna, y se puede considerar, por extensión, que también con ETA, y saca la cuestión del ámbito penal para situarla en el ámbito político. La condición de partido ilegalizado de Batasuna no condiciona la legalidad de la actuación de los gobiernos ni introduce restricciones en la esfera de discrecionalidad de sus competencias políticas. El Tribunal Supremo, sin embargo, no da ni quita razón sobre el acierto o el error de poner en marcha políticas de diálogo con los terroristas o su entorno. Esa cuestión queda abierta para el debate político y con el paso del tiempo para el análisis histórico.

Esta resolución judicial podría servir para reflexionar sobre el proceso de judicialización de la vida política española que se ha ido ampliando en los últimos años y que en numerosas y variadas ocasiones ha convertido a los tribunales en árbitros de contiendas partidarias que deberían haberse solventado en los ámbitos específicos de la esfera política.

Florencio Domínguez, LA VANGUARDIA, 3/2/2010